¿Qué datos debe contener el libro de registro de trabajadores a domicilio?

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¿Aplica alguna sanción para el pa-
trón que no acuda a una junta con-
ciliatoria ordenada por la Profedet?
Soy encargada del área de recursos
humanos en un hospital. Un trabaja-
dor tuvo una discusión con el dueño,
situación que generó un ambiente
hostil entre ellos. Hace dos días reci-
bimos una notificación donde se cita
al patrón para una junta conciliatoria
con el trabajador ante la Procuradu-
ría Federal de Defensa del Trabajo
(Profedet). El patrón se ha negado
a comparecer y ordenó que no se
atienda dicha notificación. Como
desconozco las repercusiones que
genera desatender la notificación,
consulté con un amigo, y comentó
que la Profedet podría imponer una
sanción en este caso; sin embargo,
no sé si esto es verdad.
Lectora de Saltillo, Coahuila
"Pregunta
¿Aplica alguna sanción para el pa-
trón que no acuda a una junta conci-
liatoria ordenada por la Profedet?
Respuesta
Sí; en este caso, el artículo 530 Bis,
primer párrafo, de la LFT dispone lo
siguiente (énfasis añadido):
530 Bis. Para el desarrollo de
sus funciones, la Procuradu-
ría de la Defensa del Trabajo
podrá citar a los patrones o
sindicatos a juntas de aveni-
miento o conciliatorias, aperci-
biéndolos que de no compare-
cer a dichas diligencias, se les
impondrá la medida de apre-
mio a que se refiere la fracción I
del artículo 731 de esta Ley.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Según se observa, la Profedet podrá
citar a los patrones a juntas de
avenimiento o conciliatorias, aper-
cibiéndolos que de no comparecer
a estas diligencias se les impondrá
una medida de apremio prevista en
el artículo 731, fracción I, de la LFT.
Es de observar que la medida de
apremio consiste en una multa que
no podrá exceder de 100 veces el
SMG vigente en el DF en el tiempo
en que se cometió el desacato.
Para el caso que nos ocupa, es
recomendable que el patrón acuda a
la junta conciliatoria ordenada por la
Profedet, pues su objetivo es conci-
liar las diferencias que puedan existir
en la relación de trabajo.
¿Qué datos debe contener el libro
de registro de trabajadores a do-
micilio?
Soy representante legal de una em-
presa de diseño de interiores. Hace
algunos meses decidimos contratar
a varios trabajadores para realizar
labores de diseño desde su domici-
lio. Al efecto, sé que la LFT establece
la obligación para el patrón de llevar
un libro de registro de trabajadores a
domicilio; sin embargo, desconozco
los datos que debe incluir dicho libro.
Lector de Monterrey, Nuevo León
"Pregunta
¿Qué datos debe contener el libro de
registro de trabajadores a domicilio?
Respuesta
De acuerdo con el artículo 320 de la
LFT, el libro de registro de trabaja-
dores a domicilio que debe llevar el
patrón que los contrate, incluirá los
datos siguientes:
1. Nombre, nacionalidad, edad,
sexo, estado civil del trabajador
y domicilio o local donde se
ejecute el trabajo.
2. Días y horario para la entrega y
recepción del trabajo y para el
pago de los salarios.
3. Naturaleza, calidad y cantidad
del trabajo.
4. Materiales y útiles que en cada
ocasión se proporcionen al
trabajador, valor de los mismos
y forma de pago de los objetos
perdidos o deteriorados por
culpa del trabajador.
5. Forma y monto del salario.
El libro deberá estar a disposición
de la Inspección del trabajo, cuando
ésta lo solicite.
Consultas de
nuestros lectores
3a. decena de octubre • 2015 12
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