Se dan a conocer reformas a la Ley del IVA en materia de devolución de impuestos a extranjeros

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El pasado 8 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se adiciona el artículo 31 de la Ley del IVA y que de acuerdo con su artículo primero transitorio entrará en vigor a partir del 1o. de julio de 2006.

Dicho decreto dispone que los extranjeros con calidad de turistas conforme a la Ley General de Población, que retornen al extranjero por vía aérea o marítima, podrán obtener la devolución del IVA que les haya sido trasladado en la adquisición de mercancías, siempre que el producto adquirido salga efectivamente del país y cuando el valor de las compras realizadas por establecimiento, asentado en el comprobante fiscal que presente el turista al momento...

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