CUOTAS y tarifas del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Magdalena (SAPASMAG), ejercicio 2022.

CUOTAS
Al margen un sello que dice: Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de
Magdalena (SAPASMAG).
Al margen un sello que dice: Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento de Magdalena, Jalisco (SAPASMAG).
Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Magdalena, Jalisco (SAPASMAG).
De conformidad con el artículo 85-Bis, fracción VI de la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y
sus Municipios, con fecha 26 de septiembre del 2014, el H. Ayuntamiento Constitucional de
Magdalena, Jalisco, aprueba el Reglamento para la prestación de los servicios de agua potable,
alcantarillado y saneamiento del Municipio de Magdalena, Jalisco, en el que se establecen las
disposiciones para integrar y operar la Comisión Tarifaria.
Con fundamento en los artículos 62 de la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Municipios;
y 56 y 60 del Reglamento para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y
saneamiento del Municipio de Magdalena, Jalisco, con fecha 29 de septiembre del 2014, el H.
Ayuntamiento Constitucional del citado Municipio, integra y toma protesta a la Comisión Tarifaria.
De acuerdo con los artículos 51, fracción III; 52, fracción XV; y 63, fracción IV de l a Ley del Agua
para el Estado de Jalisco y sus Municipios; así como lo establecido en los artículos 53 y 54,
fracción VIII del Reglamento para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y
saneamiento del Municipio de Magdalena, Jali sco, corresponde a la Comisión Tarifaria la
realización de estudios financi eros y la aprobación de cuotas y tarifas que deberán pagar los
usuarios como contraprestación por los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado,
tratamiento y disposición final de sus aguas residuales, que reciben a t ravés del Sistema de Agua
Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Magdalena, Jalisco (SAPASMAG).
Asimismo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 63 de la Ley del Agua para el Estado de
Jalisco y sus Municipios, y 54 del Reglamento para la prestación de los servicios de agua potable,
alcantarillado y saneamiento del Municipio de Magdalena, Jalisco, como parte de las facultades de
las Comisiones Tarifarias, se encuentran las relativas al diseño y actualización de las cuotas y
tarifas, observando en todo momento el impacto en la economía de los usuarios, de c onformidad
con las bases generales que establece el artículo 101-Bis de la Ley en comento; así como las de
verificar que las cuotas y tarifas propuestas sean suficientes para cubrir los costos derivados de la
operación, mantenimiento, sustitución, rehabilitación, mejoras y administración de los sistemas de
agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de sus aguas residuales.
El organismo Público Descentralizado, denominado Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y
Saneamiento de Magdalena, Jalisco (SAPASMAG), de conformidad con lo estipulado en el artículo
12, fracciones XX y XXI, del Reglamento para la prest ación de los servicios de agua potable,
alcantarillado y saneamiento del Municipio de Magdalena, Jalisco, aplicará las cuotas y tarifas
aprobadas por la Comisión Tarifaria; y percibirá y administrará los ingresos que se deriven de la
prestación de los servicios a su cargo.
La Comisión Tarif aria, en su sesión celebrada el día 29 de octubre del 2021, determinó y aprobó
por unanimidad las cuotas y tarifas que los usuarios deberán pagar para el ejercicio fiscal 2022
(DOS MIL VEINTIDÓS), como contraprestación por los servicios de agua potable, drenaje,
alcantarillado, tratamiento y disposición final de sus aguas residuales, según consta en el acta
número uno, que obra asentada en el libro de actas de la citada Comisión Tarifaria; y acordó
aprobar el presente Resolutivo para su publicación.
En consecuencia de lo anterior, la Comisión Tarifaria tiene a bien emitir el presente:
RESOLUTIVO DE LA COMISIÓN TARIFARIA, MEDIANTE EL CUAL APRUEBA LAS CUOTAS Y
TARIFAS QUE DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2022 (DOS MIL VEINTIDÓS), DEBERÁN
PAGAR LOS USUARIOS, COMO CONTRA PRESTACIÓN POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE
AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE
SUS AGUAS RESIDUALES, QUE RECIBAN A TRAVÉS DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE,
ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE MAGDALENA, JALISCO (SAPASMAG).
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SÁBADO 20 DE NOVIEMBRE DE 2021 / Número 38. Sección VI

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