Se reforma el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad. Establece los documentos para acreditar la residencia en territorio nacional

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La Secretaría de Relaciones Exteriores publicó en el DOF del 25 de noviembre pasado, el " Decreto por el que se reforma el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad", el cual entró en vigor el 26 de noviembre de 2013.

Con dicha publicación se modifica el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad, a fin de especificar los documentos emitidos por la Secretaría de Gobernación que servirán para acreditar la residencia en el territorio nacional.

Los documentos son los siguientes:

1. Tarjeta que acredite la condición de estancia de residente temporal.

2. Tarjeta expedida que acredite la condición de estancia de residente permanente.

Cabe observar que antes de la reforma, el artículo mencionado no especificaba los...

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