Criterios relacionados con la transferencia de los órganos internos de control a la secretaría de la función pública

Fecha de registro03 Octubre 2019
Número de expediente09/0021/031019
EmisorSFP - Secretaría de la Función Pública

Secretaría de la Función Pública


Secretaría de Hacienda y Crédito Público


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CC. TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

P r e s e n t e s


Con fundamento en los artículos 31, fracciones XVII, XXIII, XXIV y XXXII y 37, fracciones VII, XII, XX, XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4° del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 6° del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; Quinto y Sexto Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 1°, párrafo Segundo, y los transitorios Tercero y Décimo Cuarto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019; así como el numeral 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y,

C O N S I D E R A N D O


Que el 30 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (DECRETO), por virtud del cual se estableció que los órganos internos de control dependerán en lo subsecuente jerárquica, funcional y presupuestalmente de la Secretaría de la Función Pública;


Que acorde con lo previsto en el párrafo segundo del Sexto transitorio del DECRETO, los titulares de las Unidades de Administración y Finanzas de las Dependencias a que se refiere el mismo, serán coordinadores del proceso de transferencia de los recursos humanos, financieros y materiales, por lo que proveerán y acordarán lo necesario para darle cumplimiento, así como de proporcionar información necesaria para la integración de la Cuenta Pública, en el ámbito de su competencia.


Que de conformidad con el Décimo Cuarto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, las Dependencias deberán realizar las adecuaciones que sean necesarias para transferir los recursos fiscales y las estructuras orgánicas de los Órganos Internos de Control a la Secretaría de la Función Pública, por lo que se faculta a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública para llevar a cabo las acciones que correspondan.


Que el Tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación antes referido, faculta al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para emitir las autorizaciones que correspondan, a efecto de que los ejecutores de gasto realicen las adecuaciones o los traspasos de recursos humanos, financieros y materiales, incluyendo bienes muebles e inmuebles, que sean necesarios como consecuencia de reformas jurídicas, que tengan por objeto la creación o modificación de la estructura administrativa de cualquier Dependencia, Entidad o Ente Autónomo, o cambio de sector en los casos que corresponda, reportando las mismas en los informes trimestrales.


Que con fecha 26 y 28 de diciembre de 2018, se suscribieron sendos Acuerdos de traspaso de recursos humanos, materiales y financieros entre la Secretaría de la Función Pública y las Dependencias de la Administración Pública Federal centralizada (ACUERDO DE TRASPASO), en el que se establecieron los términos para la transferencia de dichos recursos;


Que la naturaleza jurídica, así como la relación jurídico laboral de las Dependencias, Entidades y Empresas Productivas del Estado, no obstante pertenecer a la Administración Pública Federal, es diferente en términos de lo previsto en el artículo 123 constitucional.


Que de acuerdo a lo previsto el artículo 61 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los ejecutores de gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán promover el uso eficiente de los recursos humanos y materiales de la Administración Pública Federal, a fin de reorientarlos al logro de objetivos, evitar la duplicidad de funciones, promover la eficiencia y eficacia en la gestión pública, modernizar y mejorar la prestación de los servicios públicos, promover la...

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