Los crímenes culturales de guerra

AutorJorge Sánchez Cordero

El ICC encuentra sus raíces recientes en el Tribunal Internacional Militar de Nüremberg, instituido a finales de la Segunda Guerra, en el Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia (ICTY, por sus siglas en inglés) y en el Tribunal de Camboya relacionado con el genocidio en ese país (Tribunal Khmer o ECCC, por sus siglas en inglés).

El caso Al Hassan no es un evento aislado en la actividad del ICC. Ya con anterioridad, en septiembre de 2015, la fiscalía, órgano autónomo e independiente, había sometido a proceso ante esa Corte al líder del grupo terrorista Ansar Dine y logró que la ICC lo condenara por crímenes de guerra al encontrarlo responsable de la destrucción de esos templos (Pro-secutor v. Ahmad Al Faqi Al Mahdi).

Ya en su reclusión, en una entrevista con The UNESCO Cou-rier (octubre-diciembre de 2017), Mahdi reconoció que pertenecía a la organización Hesba, uno de los cuatro comandos de Ansar Dine, grupo asociado con Al Qaeda en el Magreb islámico, y reveló que su líder, Iyad Ag Ghali, había sido el autor intelectual de la destrucción de los mausoleos de Tombuctú. En la entrevista, Mahdi intentó parapetarse en razones ideológicas, como la promoción de la virtud y el destierro del vicio. Puntualizó que para los islámicos radicales los templos destruidos contravenían la sharia. La razón de fondo, empero, era muy diferente; Mahdi reveló que el objetivo del atentado consistía en tener una mayor visibilidad para reclutar adeptos mediante acciones espectaculares como ésta, que pudieran servir como evidencia para acreditar un celo religioso y la eficacia en su ofensiva contra los infieles.

La fiscalía

En su informe final de junio de 2021 la fiscal Fatou Bensouda dio cuenta de las vicisitudes respecto de la imputación por crímenes de guerra en contra de los asoladores del patrimonio cultural de la humanidad.

El Estatuto de Roma (ER), documento fundacional de la ICC, le da a ésta la competencia para conocer de los crímenes contra el patrimonio cultural, especialmente el relativo a la propiedad cultural. El ER se ve complementado por el derecho internacional alusivo a la salvaguarda del patrimonio cultural y de los derechos humanos que le estén asociados. Así, los principios básicos de estos últimos constituyen la directriz de la fiscalía en materia de salvaguarda del patrimonio cultural. Esto no hace más que evidenciar un proceso de culturalización de los derechos humanos.

En efecto, la fiscalía ha sido puntual en ponderar la...

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