Corte Determina Otorgar Pension por Viudez Sin Distincion de Genero.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion (SCJN) establecio que las pensiones por viudez se deben dar en terminos iguales a hombres y mujeres, sin distincion de genero.

Al analizar la constitucionalidad de la Ley del Instituto Municipal de Pensiones de Chihuahua, declaro la invalidez de diversas porciones normativas por ser violatorias del principio de igualdad y de no discriminacion.

Ello porque condicionaban que los hombres accedieran a la pension por viudez siempre y cuando estuvieran incapacitados fisica y mentalmente; tambien para obtener servicios medicos debian cubrir ciertos requisitos.

En sesion publica ordinaria se discutio y aprobo la propuesta de la ministra Norma Pina Hernandez, que senala que dichas condiciones no son exigidas a las personas del genero femenino para ser consideradas derechohabientes ni para la obtener la pension por viudez.

"La distincion establecida en los articulos impugnados no esta fundada en algun criterio objetivo que justifique la distincion en el trato entre hombres y mujeres, sino que parte de la premisa que el viudo o concubinario, en principio, no deben recibir una pension por viudez en funcion de los roles tradicionales de genero", asento el acuerdo.

Esta regla solo se debe romper si acredita que existen condiciones que le impiden acoplarse a dichos roles.

En ese sentido, establecio el proyecto, dado que las normas impugnadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR