Corrupción y ciudadanos alertadores: ¿avance o retroceso?

La verdad es muy distinta. Es claro que en este ambiente de crispación una medida como la prevista en el acuerdo en cuestión genera suspicacia por el desconocimiento y por la animadversión en algunos sectores o por las dos cosas. El instrumento legal tiene el mérito de ampliar la tradicional figura (que existe en muchos países desarrollados donde no hay tolerancia a la corrupción) del denominado whistleblower (denunciante interno) que es de vieja data como herramienta para el combate a la corrupción.

Veamos.

Primero. Se trata de una figura jurídica relativamente nueva en el caso mexicano, a pesar de que en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de 2002 se había introducido el artículo 8, cuya fracción XVIII prescribe: que el servidor público debe "denunciar por escrito ante la Secretaría o la Contraloría Interna, los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir respecto de cualquier servidor público que pueda constituir responsabilidad administrativa en los términos de la Ley y demás disposiciones aplicables".

La forma en que fue redactado era destinada, como lo fue, a ser letra muerta. Por escrito, firmado y en México, tres combinaciones peligrosas para la integridad física de quien quisiera denunciar la comisión de un acto de corrupción. Lo cierto es que hasta ahora esa prescripción legal era sólo para efectos formales, sin ninguna aplicación en la realidad.

Segundo. La garantía del anonimato representa un incentivo para que la denuncia de actos de corrupción pueda ser una realidad. Eventualmente puede ayudar el otorgamiento de protección previsto en el instrumento legal referido. El acuerdo dispone que: "El alertador proporciona información sobre actos que se hayan cometido, se estén cometiendo o sea probable que se cometan por servidores públicos respecto de presuntos actos graves de corrupción relacionados con cohecho, peculado y desvío de recursos públicos, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas".

El anonimato ayuda también a relajar la cultura de la malentendida "lealtad", que se entiende con quien le dio el empleo al servidor público y no a la institución y a la sociedad entera, que es la que resulta afectada con esta práctica tan arraigada. En el mismo sentido, el citado acuerdo tiene la virtud de ampliar a los denunciantes internos, a los externos, a quienes no son servidores públicos pero están relacionados con el quehacer público, de ahí que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR