Convocatoria para la integración de la asamblea consultiva del consejo nacional para el desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad.

Número de expediente92/0005/161216
Fecha de registro16 Diciembre 2016
EmisorCONADIS - Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad

CONVOCATORIA PARA LA INTEGRACIÓN DE LA ASAMBLEA CONSULTIVA DEL CONSEJO NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Directora General del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, 17, 21, 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 43, fracción II, 50, fracciones VIII y XI; 51, 53 54, 55, y 56 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; 4 y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 35, del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad y demás disposiciones aplicables, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece en la meta nacional México Incluyente, el garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población, y en particular, en la estrategia 2.2.4, la protección de los derechos de las personas con discapacidad a fin de contribuir a su desarrollo integral e inclusión plena;

Que el artículo 38 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, que conforme al artículo 39 del mismo ordenamiento, tiene por objeto el establecimiento de la política pública para las personas con discapacidad, mediante la coordinación institucional e interinstitucional; así como promover, fomentar y evaluar la participación del sector público y el sector privado, en las acciones, estrategias, políticas públicas y programas derivados de dicha Ley y demás ordenamientos;

Que en términos de lo dispuesto por el artículo 51 del ordenamiento legal citado, en congruencia con los compromisos que el Estado mexicano ha asumido al ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Asamblea Consultiva es un órgano de consulta del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de participación ciudadana, conformación plural y carácter honorífico, que tendrá por objeto analizar y proponer programas y acciones que incidan para su cumplimiento, y

Que con el propósito de lograr la participación ciudadana de las personas con discapacidad a nivel nacional, incluidos niñas y las niños con discapacidad, y dar seguridad y certeza jurídica respecto del procedimiento para la integración de la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en términos de lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en relación con el 29 del Estatuto Orgánico del Consejo, he tenido a bien emitir el siguiente:

A C U E R D O

Único.- Se CONVOCA a las personas y organizaciones civiles de y para personas con discapacidad a participar en la elección de los integrantes de la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de conformidad con las siguientes,

BASES

I. DE LA INTEGRACIÓN DE LA ASAMBLEA:

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, la Asamblea Consultiva se integrará de la siguiente forma:

a) Por un representante electo por las organizaciones de y para personas con discapacidad, de cada una de las Entidades Federativas;

b) Por cinco personas entre expertos, académicos o investigadores electos por convocatoria pública, y

c) Por cinco personas representantes de organizaciones nacionales de y para personas con discapacidad.

II. DE LA ELEGIBILIDAD DE LAS ORGANIZACIONES DE O PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE LOS CANDIDATOS:

II.1. Todas las organizaciones civiles interesadas en participar en la integración de la Asamblea Consultiva, en los supuestos previstos en los incisos a) y c) del apartado anterior, deberán cumplir los siguientes:

Requisitos

  1. Presentar un escrito firmado por el representante legal en el que se expongan: a) los motivos por los que su organización quiere formar parte de la Asamblea Consultiva; b) señalar domicilio para oír y recibir notificaciones y autorizar a las personas facultadas para los mismos efectos; c) proporcionar el correo electrónico de la persona moral; d) señalar el proceso de elección a participar e) manifestar bajo protesta de decir vedad, que tiene pleno conocimiento que su participación, en caso de resultar electa su organización, es de carácter honorífico, y por lo tanto, no recibirá ninguna remuneración a cambio, f) proporcionar el nombre de la persona que representaría a la organización, de resultar electa y g) indicar los tipos de discapacidad que atiende;

2.- Acreditar con copia certificada del poder notarial correspondiente, la personalidad jurídica del representante legal y de ser el caso, el de la persona que representaría a la organización de resultar electa para participar en la Asamblea Consultiva;

3.- Quien represente a la organización deberá ser mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles, contar con un mínimo de dos años de experiencia en materia de discapacidad y proporcionar fotocopia de su identificación oficial y vigente. Tratándose de extranjeros, además de los requisitos antes invocados, fotocopia del documento oficial y vigente que acredite su legal estancia en el país;

4.- Acreditar su legal constitución, con copia certificada del acta constitutiva, de la que se desprenda que cuenta por lo menos con dos años de antigüedad y que realiza acciones de atención y apoyo a las personas con discapacidad, de conformidad con su objeto social;

5.- Tratándose de organizaciones de la sociedad civil que operen en el país y que tengan el carácter de internacionales, deberán cumplir además, con lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil y acreditarlo con copia fotostática.

II.2. Todas las personas físicas interesadas en participar en la integración de la Asamblea Consultiva, en el supuesto previsto en el inciso b) del apartado anterior, deberán cumplir los siguientes:

Requisitos

1.- Ser mexicana o mexicano y en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, lo que deberá acreditarse con la copia certificada del acta de nacimiento o carta de naturalización, según sea el caso;

2.- No tener relación de interés o nexos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta en cuarto grado en línea recta o ser cónyuge de servidor público que tenga nivel de mando medio o superior en cualquiera de las instancias que forman parte de la Junta de Gobierno o del propio Consejo, (presentar escrito bajo protesta de decir verdad);

3.- Ser propuesto por una Institución de Educación Superior, de Investigación o que realice actividades relacionadas con la discapacidad, lo que deberá acreditarse con la carta de postulación correspondiente;

4.- Contar con estudios de licenciatura, maestría o doctorado con reconocimiento y validez oficial que se documentarán con Título y cédula profesional;

5.- Presentar currículum vitae en el que señale correo electrónico para recibir notificaciones, incluyendo el correo electrónico y las personas autorizadas para tales efectos;

6.- Manifestar bajo protesta de decir verdad, tener conocimiento del carácter honorífico con el que participaría en la Asamblea Consultiva de resultar electo, y en consecuencia, que no recibirá remuneración alguna;

7.- Acreditar por lo menos cinco años de experiencia sobre el tema de las personas con discapacidad, la cual deberá documentarse mediante certificados de instituciones educativas y de investigación, referencias bibliográficas de publicaciones de su autoría, entre otros, y

8.- Presentar una carta en la que se expongan los motivos por los que está interesado en formar parte de la Asamblea.

III. DEL REGISTRO, ELECCIÓN Y RESULTADOS

A) del Periodo de Inscripción,

Todos los interesados en participar en la elección de los integrantes de la Asamblea Consultiva, deberán enviar un correo electrónico a la cuenta: convocatoriaac@conadis.gob.mx, manifestando su interés en participar en la presente Convocatoria, precisando sus datos generales tales como nombre, en su caso nombre de la organización a la que...

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