Convocatoria para la acreditación y aprobación de unidades de verificación con objeto de evaluar la conformidad de la normas oficiales mexicanas nom-214/1-scfi-2018, instrumentos de medición -alcoholímetros evidenciales - especificaciones y métodos de prueba y nom-214/2-scfi-2018, instrumentos de medición -alcoholímetros referenciales - especificaciones y métodos de prueba

Número de expediente03/0112/271118
Fecha de registro27 Noviembre 2018
EmisorSE - Secretaría de Economía
CONVOCATORIA para la acreditación y aprobación de Unidades de Verificación de Instrumentos de Medición

CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACIÓN Y APROBACIÓN DE UNIDADES DE VERIFICACIÓN CON OBJETO DE EVALUAR LA CONFORMIDAD DE LA NORMAS OFICIALES MEXICANAS NOM-214/1-SCFI-2018, INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN -ALCOHOLÍMETROS EVIDENCIALES - ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA Y NOM-214/2-SCFI-2018, INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN -ALCOHOLÍMETROS REFERENCIALES - ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34, fracciones VIII, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., fracciones I inciso c) y II inciso f), 11, 14, 38, fracciones VI y IX, 68, 69, 70, 70-C, 84, 86 y 94 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 12 y 87 de su Reglamento; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 22, fracciones I, IV, XVII, XVIII y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, conjuntamente con la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., y tomando en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los instrumentos de medición que se comercialicen en el territorio nacional sean seguros y exactos, con el propósito de que presten un servicio adecuado conforme a sus cualidades metrológicas, y aseguren la exactitud de las mediciones que se realicen en las transacciones comerciales;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece en su artículo 68 que la evaluación de la conformidad será realizada por las dependencias competentes, por el Instituto Federal de Telecomunicaciones o por los organismos de certificación, los laboratorios de prueba o de calibración y por las unidades de verificación acreditadas y, en su caso, aprobadas;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece en su artículo 70 que las dependencias competentes y el Instituto Federal de Telecomunicaciones podrán aprobar a las personas acreditadas que se requieran para la evaluación de la conformidad, en lo que se refiere a las normas oficiales mexicanas;

Que las unidades de verificación podrán, a petición de parte interesada, verificar el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, solamente en aquellos campos o actividades para las que hubieren sido aprobadas por las dependencias competentes.

Han tenido a bien expedir la siguiente,

CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACIÓN Y APROBACIÓN DE UNIDADES DE VERIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN ALCOHOLÍMETROS EVIDENCIALES Y REFERENCIALES

Se convoca a las personas morales interesadas en obtener la acreditación y aprobación inicial, como unidad de verificación o ampliar el alcance de las unidades de verificación aprobadas en la materia de instrumentos de medición como unidad de verificación tipo A, como se define en la norma mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2014 "Evaluación de la conformidad - Requisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (organismos) que realizan la verificación (inspección)" o la que la sustituya, a efecto de evaluar la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas, que se indican en la Tabla 1.

Tabla 1.- Normas Oficiales Mexicanas

Clave

Título de la Norma Oficial Mexicana

Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación

NOM-214/1-SCFI-2018

INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN – ALCOHOLÍMETROS EVIDENCIALES – ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA

13 de julio de 2018

NOM 214/2-SCFI-2018

INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN – ALCOHOLÍMETROS EVIDENCIALES – ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA

13 de julio de 2018

SECCIÓN PRIMERA

ACREDITACIÓN

PRIMERO.- Los interesados deberán solicitar a la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., los requisitos para obtener la acreditación, mismos que estarán disponibles en la página www.ema.org.mx.

Los interesados podrán obtener la acreditación como unidad de verificación tipo "A" en términos de la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2014 "Evaluación de la conformidad - Requisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (organismos) que realizan la verificación (inspección)" o la norma que la sustituya.

SEGUNDO.- Los interesados deberán ingresar y entregar a la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., mediante el sistema automatizado de trámites disponible en la página de internet http://200.57.73.234/saema/UsuarioSession/Login , la solicitud de acreditación con la información siguiente:

a) Acreditar su legal constitución y que dentro de su objeto social se considere únicamente la realización de verificaciones de normas oficiales mexicanas, normas internacionales u otras especificaciones. Para ello, deberán presentar copia certificada o testimonio de la escritura pública;

b) Presentar, en su caso, copia del documento mediante el cual se acredite la personalidad jurídica y las facultades del representante legal;

c) Presentar copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) y Número de Seguro Social del Instituto Mexicano del Seguro Social del representante legal, responsable autorizado, personal verificador y personal de apoyo que participa en las verificaciones;

d) Acreditar que, dentro de su estructura administrativa, cuenta con un Gerente Técnico que supervise al personal técnico de verificación, un Gerente Sustituto que supla al primero durante su ausencia, verificadores y, en su caso, al personal de apoyo para los verificadores;

e) Presentar relación del personal aspirante a verificador, currículum de cada uno de ellos, así como la documentación que acredite el perfil, escolaridad y la experiencia profesional en las normas donde solicita la acreditación, conforme a los criterios que se detallan en el Anexo 1. La unidad de verificación deberá presentar una carta de antecedentes no penales emitida por la autoridad correspondiente de cada verificador y personal de apoyo;

f) No se otorgará el servicio de evaluación y acreditación a ninguna unidad de verificación que, dentro de su estructura operacional, cuente con personas que hayan sido canceladas por dolo o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR