Convenio de Colaboración Administrativa para la recaudación de los ingresos percibidos por las entidades públicas, que celebran, el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, representada por su Titular el M. en D. Erasto Martínez Rojas, asistido por el Director General de Recaudación, C.P. Arturo Alvarado López y la Cajera General de Gobierno, de la Subsecretaría de Tesorería, C.P. Laura María de Jesús Urrutia Mercado, a quienes, se les denominará 'La Secretaría' y el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México, representado por su Director General, el Dr. Edgar Alfonso Hernández Muñoz, a quien, se le denominará 'El Organismo' y, actuando en conjunto, 'Las Partes'

29 de mayo de 2014
GACETA
1,1 I 000111EIRI•40
Página 9
GODERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
1."1
CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR LAS
ENTIDADES PÚBLICAS, QUE CELEBRAN, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA
DE FINANZAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL M. EN D. ERASTO MARTÍNEZ ROJAS, ASISTIDO POR EL DIRECTOR
GENERAL DE RECAUDACIÓN, C.P. ARTURO ALVARADO LÓPEZ Y LA CAJERA GENERAL DE GOBIERNO, DE LA
SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA. C.P. LAURA MARÍA DE JESÚS URRUTIA MERCADO, A QUIENES, SE LES DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA" Y EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE MÉXICO,
REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL DR. EDGAR ALFONSO HERNÁNDEZ MUÑOZ, A QUIEN, SE LE
DENOMINARÁ "EL ORGANISMO" Y, ACTUANDO EN CONJUNTO, "LAS PARTES"; LAS CUALES SE SUJETAN AL TENOR DE
LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, prevé que el Gobierno del Estado de México necesita contar con recursos
suficientes y finanzas públicas sanas para implementar una política de gasto enfocada al financiamiento de programas para la
reducción de la pobreza, la mejora de la educación y la salud, mayor seguridad ciudadana y procuración de justicia, la creación de
la infraestructura necesaria para complementar la actividad económica de los sectores prioritarios, así como de aquellos que
tiendan a mejorar la productividad y la calidad de vida de los mexiquenses.
Dentro de la estrategia integral de financiamiento, cada peso que se presupueste debe asignarse y gastarse de manera eficiente,
dirigiendo los recursos económicos a proyectos que causen el mayor impacto en el bienestar de los ciudadanos, además de
implementar nuevos esquemas que faciliten a los contribuyentes y particulares el pago de las contribuciones, productos,
aprovechamientos, entre otros, a su cargo, con la finalidad de que continúen aportando recursos para sufragar el gasto público.
Aunado a lo anterior, y ante la necesidad de llevar a cabo la recaudación de ingresos de manera ágil, eficiente y oportuna, el
artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año 2014. establece que las
Entidades Públicas que reciban ingresos provenientes de los conceptos enumerados en el articulo 1 de la supracitada Ley, deberán
suscribir un Convenio de Colaboración con el Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Finanzas, a efecto
de que dichos ingresos se recauden a través de la Caja General de Gobierno de la Subsecretaría de Tesorería, en Instituciones del
Sistema Financiero Mexicano, o en establecimientos autorizados para tal efecto, con excepción de las entidades públicas
coordinadas por el sector salud, seguridad social y asistencia social.
Es por ello, que en cumplimiento a los objetivos del Plan de Desarrollo de mérito y atendiendo a lo previsto en la Ley de Ingresos de
referencia, la Secretaría de Finanzas y el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de México, suscriben el
presente Convenio de Colaboración Administrativa para la Recaudación de Ingresos.
DECLARACIONES
I.
De "LA SECRETARÍA"
1.1.
Que la Secretaría de Finanzas, es una dependencia del Gobierno del Estado de México encargada de la planeación,
programación. presupuestación y evaluación de las actividades del Poder Ejecutivo, de la Administración Financiera y
Tributaria de la Hacienda Pública del Estado, a quien le compete recaudar los impuestos, derechos. aportaciones de
mejoras, productos y aprovechamientos que correspondan al Estado, asi como establecer y llevar los sistemas de
contabilidad gubernamental del Gobierno del Estado, en términos de lo establecido en los artículos 78 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México; 4 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del
año 2014; 1. 2, 3, 15. 19, fracción 111, 23 y 24, fracciones II, XXV y LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de México.
1.2.
Que para el despacho de los asuntos de su competencia. se
auxilia de diversas unidades administrativas, entre las que se
encuentran la Dirección General de Recaudación y, la Caja General de Gobierno, conforme a lo previsto en el artículo 3,
fracciones VI y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.
1.3.
Que el M. en D. Erasto Martínez Rojas, Secretario de Finanzas, cuenta con la atribución para suscribir el presente
Convenio, en términos de lo previsto por los artículos 6 y 7, tracciones, V y XL, del Reglamento Interior de la Secretaria de
Finanzas, acreditando su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Doctor en Derecho Eruviel Ávila
Villegas, Gobernador Constitucional del Estado de México, de fecha once de septiembre de dos mil doce.
1.4.
Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubicado en la calle Lerdo Poniente número 300,
primer piso, puerta 250, Palacio del Poder Ejecutivo, Colonia Centro, Código Postal 50000, Toluca, Estado de México.
II.
De "EL ORGANISMO"
11.1
Que es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el artículo
1, de la Ley que crea el organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Colegio de Estudios Científicos
y Tecnológicos del Estado de México, creado por Decreto número 48 de la H. "LII" Legislatura del Estado de México.
publicado en la "Gaceta del Gobierno" con fecha diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y cuatro.
11.2
Que el Dr. Edgar Alfonso Hernández Muñoz, está facultado para suscribir el presente convenio conforme a lo dispuesto por
el artículo 17, fracción 1 y IX, de su Decreto de creación, y acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su

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