Convenio de Colaboración Administrativa para el establecimiento y operación de una Oficina de Enlace Municipal con la Secretaría de Relaciones Exteriores, que suscriben dicha Secretaría y el H. Ayuntamiento de Salinas, San Luis Potosí

Fecha de disposición25 Octubre 2012
Fecha de publicación25 Octubre 2012
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Colaboración Administrativa para el establecimiento y operación de una Oficina de Enlace Municipal con la Secretaría de Relaciones Exteriores, que suscriben dicha Secretaría y el H. Ayuntamiento de Salinas, San Luis Potosí. CONVENIO DE COLABORACION ADMINISTRATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACION DE UNA "OFICINA DE ENLACE MUNICIPAL", CON LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, QUE SUSCRIBE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR LA EMBAJADORA PATRICIA ESPINOSA CANTELLANO, EN SU CARACTER DE TITULAR DEL RAMO, ASISTIDA POR EL LICENCIADO JULIO CAMARENA VILLASEÑOR, OFICIAL MAYOR Y POR EL LICENCIADO MARCELO CESAR HOYO BASTIEN, DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES, Y POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE SALINAS, SAN LUIS POTOSI, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL AYUNTAMIENTO", REPRESENTADO POR LA PRESIDENTA MUNICIPAL, LIC. ADRIANA VEGA CALZADA, ASISTIDA POR EL SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, PROFR. OSCAR OCIEL LEGASPI BALDERAS, LA TESORERA DEL AYUNTAMIENTO, C.P. MARTHA PATRICIA CASTILLO LOPEZ, ASI COMO EL TEC. ROBERTO GALINDO GALVAN, SINDICO MUNICIPAL, DENOMINADAS CONJUNTAMENTE "LAS PARTES", DE ACUERDO CON LOS SIGUIENTES:

CONSIDERANDOS

Que una de las líneas prioritarias de la estrategia de modernización administrativa es el análisis, revisión, adecuación y congruencia permanentes entre funciones, facultades y estructuras con el fin de favorecer a la ciudadanía al acercar los servicios públicos a sus localidades.

Que con el objeto de procurar a los habitantes del Municipio la prestación adecuada, eficaz y expedita de los servicios que ofrece "LA SECRETARIA", es conveniente desconcentrar algunas de sus funciones a fin de facilitar el acceso a los particulares a dichos servicios, a través de oficinas administrativas receptoras de documentos, entrega de pasaportes ordinarios y otros servicios, denominadas Oficinas de Enlace Estatales y Municipales.

Que en términos de lo dispuesto por el artículo 9 del Reglamento para la operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace con la Secretaría de Relaciones Exteriores, con el objeto de dar inicio a la operación de una Oficina de Enlace Municipal, es necesario suscribir el presente convenio, conforme a las siguientes:

DECLARACIONES

  1. DECLARA EL REPRESENTANTE DE "LA SECRETARIA"QUE:

    I.1. "LA SECRETARIA" es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que se rige por los artículos 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. En su carácter de Secretaria de Relaciones Exteriores, tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten celebrar el presente instrumento de conformidad con los artículos 6 y 7 del Reglamento Interior de "LA SECRETARIA", en vigor.

    I.3. El Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2011, establece en su artículo 2 que "LA SECRETARIA" es la dependencia facultada para la expedición de pasaportes mexicanos.

    I.4. El artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que "LA SECRETARIA" expide pasaportes y podrá habilitar Unidades Móviles u Oficinas de Enlace para su tramitación.

    I.5. De conformidad con el artículo 35, fracción VIII, del Reglamento Interior de "LA SECRETARIA", corresponde a la Dirección General de Delegaciones proponer la creación de nuevas oficinas de enlace, su modificación, reubicación o desaparición.

    I.6. El artículo 22 del Reglamento en cita, faculta a la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, instruir a las delegaciones foráneas para el cumplimiento oportuno y eficaz de las acciones y programas de protección, y supervisar su buen desarrollo.

    I.7. El artículo 46 del Reglamento Interior en comento, establece las funciones que corresponde llevar a cabo a las delegaciones de "LA SECRETARIA".

    I.8. Señala como su domicilio el ubicado en Plaza Juárez número 20, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06010, México, D.F., el cual consigna para los fines y efectos legales del presente Convenio.

  2. DECLARA EL REPRESENTANTE DE "EL AYUNTAMIENTO" QUE:

    II.1. El Municipio de Salinas, San Luis Potosí, es una entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Pot...

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