Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Chiapas

Fecha de disposición21 Enero 2015
Fecha de publicación21 Enero 2015
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Chiapas. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE DESARROLLO TURÍSTICO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA MTRA. CLAUDIA RUIZ MASSIEU SALINAS, CON LA INTERVENCIÓN DEL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO, C.P. CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO REGIONAL Y FOMENTO TURÍSTICO, LIC. JUAN DE LA LUZ ENRÍQUEZ KANFACHI; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE CHIAPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. MANUEL VELASCO COELLO, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIAPAS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. ÓSCAR EDUARDO RAMÍREZ AGUILAR, LA SECRETARIA DE HACIENDA, M.A. JUANA MARÍA DE COSS LEÓN, EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN, GESTIÓN PÚBLICA Y PROGRAMA DE GOBIERNO, LIC. JUAN CARLOS GÓMEZ ARANDA, EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, ARQ. BAYARDO ROBLES RIQUÉ, EL SECRETARIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL ESTADO, C.P. MIGUEL AGUSTÍN LÓPEZ CAMACHO Y EL SECRETARIO DE TURISMO, LIC. MARIO ALBERTO ANTONIO UVENCE ROJAS; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.

  2. Conforme los Artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 28 de febrero de 2014, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo Turístico, en adelante el CONVENIO, con objeto de que "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2014 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA".

  3. En la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "S248 Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable", sería por un importe de $13'000,000.00 (trece millones de pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:

    No.
    Tipo de Proyecto
    Nombre del Proyecto
    Subsidio
    autorizado
    1
    Infraestructura y
    Servicios
    Construcción del Andador Turístico de la 3a. Calle Norte Poniente
    $5'000,000.00
    2
    Infraestructura y
    Servicios
    Rehabilitación de Paramentos, banquetas, guarniciones y cableado subterráneo de la Av. Insurgentes y General Utrilla
    $8'000,000.00
    Importe total de los subsidios otorgados:
    $13'000,000.00

    De igual forma, las características, responsables, objetivos y metas establecidas para cada uno de los proyectos referidos en el cuadro que antecede, así como los calendarios de ejecución y ministración de cada uno de ellos, incluyendo las aportaciones de recursos a cargo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", se prevén en forma detallada en los Anexos del Convenio, identificados con los números 2 y 3, respectivamente, conforme a los cuales se vigilarán los avances y ejecución de dichos proyectos, así como la aplicación de los subsidios otorgados en relación con el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos respecto del proyecto de que se trate.

  4. En la Cláusula TERCERA del CONVENIO se comprometió un monto total de recursos públicos por la cantidad total de $26'000,000.00 (veintiséis millones de pesos 00/100 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" aportará la cantidad de $13´000,000.00 (trece millones de pesos 00/100 M.N.), adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR", esto con el fin de llevar a cabo el objeto del CONVENIO.

  5. Que con fecha 28 de mayo de 2014 mediante oficio No. SECTUR/DDP/0220/2014, emitido por el Lic. Carlos Eduardo Suárez Argüello, Subsecretario de Desarrollo Turístico de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", se requirió a "LA SECTUR" realizar una modificación respecto a los proyectos señalados en el Anexo 1 y generar un Convenio Modificatorio al CONVENIO.

  6. El segundo párrafo de la Cláusula QUINTA del CONVENIO dispone que los recursos objeto del subsidio se destinarán en forma exclusiva a cubrir compromisos de pago relacionados con la ejecución de los proyectos para los que fueron otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA"; por lo que cualquier modificación en monto, alcance, o proyecto deberá estar formalizada mediante un convenio modificatorio.

  7. La Cláusula DÉCIMA OCTAVA del CONVENIO establece que éste podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas federales aplicables. Para el caso de modificaciones a los montos, objetivos o metas de los proyectos en que serán aplicados los subsidios otorgados, se sujetará a lo establecido en el numeral 4.1.5 de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Regional Turístico Sustentable.

  8. Con fecha 25 de junio de 2014, el Comité Dictaminador del Programa para el Desarrollo Regional Turístico Sustentable autorizó modificar los proyectos, realizando los siguientes ajustes al Anexo 1:

    · Adición del proyecto denominado "Compromiso Gubernamental CG-109 Impulsar la infraestructura turística de Chiapa de Corzo como Patrimonio de la Humanidad", el cual consta de las acciones de "Rehabilitación del Exconvento de Santo Domingo de Guzmán (2a. Etapa), con un subsidio autorizado por la cantidad de $12'500,000.00 (doce millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) y con una aportación estatal por la cantidad de $17'500,000.00 (diecisiete millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.); la "Restauración de la Fuente Mudéjar (La Pila)", con un subsidio autorizado por $2'500,000.00 (dos millones

    quinientos mil pesos 00/100 M.N.) y con una aportación estatal por la misma cantidad.

    DECLARACIONES

  9. De "LA SECTUR":

    I.1 Que reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.

  10. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    II.1 Que reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.

  11. De "LA SECTUR" y de "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    III.1 Que reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO, y están conformes en adicionar las declaraciones III.3, III.4 y III.5, las cuales quedarán en los términos siguientes:

    III.3 "LA SECTUR" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación solicitada por "LA ENTIDAD FEDERATIVA" en los términos señalados en los Antecedentes V y VIII del presente Convenio Modificatorio.

    III.4 "LA ENTIDAD FEDERATIVA" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación del CONVENIO en los términos señalados en el Antecedente VIII del presente Convenio Modificatorio.

    III.5 La modificación a que se refiere este instrumento, es en relación a los proyectos contenidos en el Anexo 1, así como la inclusión del Anexo 4, y con ello la distribución de los recursos comprometidos por las partes en el CONVENIO, lo que deriva en realizar las adecuaciones correspondientes.

    Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" están de acuerdo en modificar las Cláusulas SEGUNDA, TERCERA, EL PÁRRAFO PRIMERO DE LA CLÁUSULA CUARTA, y el Anexo 1 del CONVENIO, así como incluir el Anexo 4 al mismo; por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos y condiciones insertos en las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA. El objeto del presente Convenio es modificar las Cláusulas SEGUNDA, TERCERA Y EL PÁRRAFO PRIMERO DE LA CLÁUSULA CUARTA del CONVENIO para que su texto íntegro quede de la siguiente manera:

    SEGUNDA.- MONTO DE LOS SUBSIDIOS AUTORIZADOS.- El Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" y con cargo al presupuesto de ésta, ha determinado otorgar a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", por concepto de subsidios y dentro del programa presupuestario "S248 Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable", un importe de $28'000,000.00 (veintiocho millones de pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se establecen; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:

    No.
    Tipo de
    Proyecto
    Nombre del Proyecto
    Subsidio
    autorizado
    1
    Comitán de
    Domínguez
    Construcción del Andador Turístico de la 3a. Calle Norte Poniente
    $5'000,000.00
    2
    San Cristóbal
    de las Casas
    Rehabilitación de Paramentos, banquetas, guarniciones y cableado subterráneo de la Av. Insurgentes y General Utrilla
    $8'000,000.00
    3
    Chiapa de
    Corzo
    ...

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