Convenio Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Querétaro, con el objeto de establecer los lineamientos para conjuntar recursos y formalizar acciones en las materias de infraestructura hidroagrícola, agua potable, alcantarillado y saneamiento y cultura del agua en beneficio de la entidad.

Fecha de publicación01 Marzo 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
CONVENIO Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Querétaro, con el objeto de establecer los lineamientos para conjuntar recursos y formalizar accio
CONVENIO Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Querétaro, con el objeto de establecer los lineamientos para conjuntar recursos y formalizar acciones en las materias de infraestructura hidroagrícola, agua potable, alcantarillado y saneamiento y cultura del agua en beneficio de la entidad. Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional del Agua.
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS PARA CONJUNTAR RECURSOS Y FORMALIZAR ACCIONES EN LAS MATERIAS DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA, AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO Y CULTURA DEL AGUA EN BENEFICIO DE LA ENTIDAD.
NOVIEMBRE DE 2021
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, EN LO SUCESIVO "LA CONAGUA", REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL, C. GERMÁN ARTURO MARTÍNEZ SANTOYO, Y POR LA OTRA EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR EL C. MAURICIO KURI GONZÁLEZ, EN CARÁCTER DE GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR LA C. MARÍA GUADALUPE MURGUÍA GUTIÉRREZ Y CON LA PARTICIPACIÓN DEL C. ROSENDO ANAYA AGUILAR, SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE DESARROLLO AGROPECUARIO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, RESPECTIVAMENTE Y EL C. LUIS ALBERTO VEGA RICOY, VOCAL EJECUTIVO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE AGUAS; QUIENES ACTUANDO EN FORMA CONJUNTA SERÁN DENOMINADOS "LAS PARTES", CON EL OBJETO DE ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS PARA CONJUNTAR RECURSOS Y FORMALIZAR ACCIONES EN LAS MATERIAS DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA, AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO Y CULTURA DEL AGUA, EN BENEFICIO DE LA ENTIDAD, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. La Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal puede convenir con los gobiernos de las entidades federativas la coordinación que se requiera a efecto de que éstas participen en la planeación nacional del desarrollo, así como para que en el ámbito de sus respectivas competencias, coadyuven a la consecución de los objetivos de la planeación nacional y que las acciones a realizarse por dichas instancias se planeen de manera conjunta.
2. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, establece como el objetivo más importante de la actual administración federal, la "Construcción de un país con bienestar", que la población de México viva en un entorno de bienestar, por lo que determina que los programas sectoriales estén orientados a dicho propósito.
Asimismo, establece como visión al 2024, que los ríos, arroyos y lagunas estarán recuperados y saneados, el tratamiento de aguas negras y el manejo adecuado de los desechos serán prácticas generalizadas en el territorio nacional y se habrá expandido en la sociedad la conciencia ambiental y la convicción del cuidado del entorno.
3. Atendiendo a los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional Hídrico, "LA CONAGUA" colabora en la construcción de un país con bienestar, a través de los programas referidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, los cuales prevén la distribución de recursos económicos federales a través de subsidios, cuyo otorgamiento se realiza conforme a las Reglas de Operación que de manera anual se publican en el Diario Oficial de la Federación, así como a los Lineamientos y Manuales que al efecto se expidan, los cuales prevén como requisito para dicho otorgamiento, la suscripción de un convenio de coordinación entre "LA CONAGUA" y las diversas entidades federativas, en el cual se establecen las acciones específicas a realizarse.
4. Por lo anterior, "LAS PARTES" consideran necesaria la suscripción del presente convenio, a fin de contribuir, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la consecución del objetivo y de la visión
del gobierno federal.
DECLARACIONES
I. Declara "LA CONAGUA" que:
I.1. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es la dependencia del Ejecutivo Federal, encargada del despacho de asuntos relativos a fomentar la protección, restauración, conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano; administrar, controlar y reglamentar el aprovechamiento de cuencas hidráulicas, vasos, manantiales y aguas de propiedad nacional y de las zonas federales correspondientes, con exclusión de los que se atribuyan expresamente a otra dependencia; establecer y vigilar el cumplimiento de las condiciones particulares que deban satisfacer las descargas de aguas residuales, cuando sean de jurisdicción federal; regular y vigilar la conservación de las corrientes, lagos, esteros, lagunas y humedales de jurisdicción federal en la protección de cuencas alimentadoras y las obras de corrección torrencial.
I.2. Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con las atribuciones que en materia de recursos hídricos, le confiere la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento y el Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua.
I.3. El C. Germán Arturo Martínez Santoyo en su carácter de Director General, tiene la atribución de representar a la Comisión Nacional del Agua, así como celebrar el presente convenio en términos de los artículos 1, 4, 9 párrafos primero, segundo y tercero apartado "a" y quinto fracciones I, XXV y XXXV y 12 fracción I de la Ley de Aguas Nacionales; 14 fracciones I y IX de su Reglamento; 1, 6 párrafo primero, 8 párrafos primero y tercero, 13 fracciones I, III inciso f), XXVII y XXIX bis del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua.
I.4. Su domicilio se ubica en Avenida Insurgentes Sur No. No. 2416, Colonia Copilco El Bajo, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04340, Ciudad de México, el cual señala para los fines y efectos legales del presente instrumento.
II. Declara "EL ESTADO" que:
II.1. Es un Estado Libre y Soberano que forma parte de la Federación, conforme lo establecen los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 10 y 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro.
II.2. El C. Mauricio Kuri González, en su carácter de Gobernador de "EL ESTADO", se encuentra facultado para suscribir el presente convenio, en los términos de los artículos 20 y 22 fracción IX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, así como 2, 5 y 6 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
II.3. La C. María Guadalupe Murguía Gutiérrez, en su carácter de Secretaria de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado, asiste en la firma del presente convenio de conformidad con lo dispuesto por los artículos 19 fracción I y 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
II.4. El C. Rosendo Anaya Aguilar, en su carácter de Secretario de Desarrollo Agropecuario del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, asiste en la firma del presente convenio en términos de lo
dispuesto por el artículo 19 fracción V y el artículo 26 fracciones VII y VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
II.5. El C. Luis Alberto Vega Ricoy, en su...

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