Convenio de liquidación laboral. Aspectos que se deben observar para su correcta elaboración

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Convenio de liquidación laboral. Aspectos que se
deben observar para su correcta elaboración
Introducción
Durante el tiempo en que los trabajadores prestan sus servicios al patrón generan el derecho a disfrutar diversas presta-
ciones consignadas en la LFT, tales como vacaciones, prima vacacional, pago de aguinaldo, participación de los trabaja-
dores en las utilidades, prima de antigüedad, entre otras; sin embargo, la terminación del vínculo laboral también conlleva
el derecho de los trabajadores a recibir ciertas cantidades por concepto de finiquito o indemnización, dependiendo de los
términos en que se haya concluido la relación; de esta manera, al terminarse la relación laboral, ya sea por mutuo consenti-
miento de las partes o por rescisión (justificada o injustificada), se crea el derecho del trabajador de recibir las prestaciones
mencionadas que al ser proporcionadas por el patrón suponen la terminación pacífica de las relaciones de trabajo.
No obstante, en la práctica sucede que aun cuando el patrón entrega al trabajador la cantidad que debe recibir por
la terminación de la relación de trabajo, este último solicita al patrón el pago de alguna cantidad de dinero superior a
la ya otorgada. Por tal razón, muchos patrones han optado por elaborar un convenio de liquidación laboral en el que
se manifiesta que ambas partes (patrón y trabajador) están de acuerdo con la suma entregada por la extinción del
vínculo laboral; sin embargo, muchas veces los convenios sólo se dan entre los participantes de la relación de trabajo
sin ser ratificados ante el Centro de Conciliación y Registro Laboral (CCRL).
Comentamos en qué consiste el convenio de liquidación laboral y si éste debe ser ratificado ante el CCRL. Además,
mencionamos las formas por las que se puede extinguir la relación de trabajo y los casos en los que procede el pago
de un finiquito o una indemnización.
Formas por las que se pueden extinguir las relaciones de trabajo
De acuerdo con la LFT, las relaciones de trabajo pueden extinguirse por alguna de las causas siguientes:
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