Decreto mediante el cual el Convenio de Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Italiana, firmado en la Ciudad de México, el quince de septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve, quedará sin efectos en los Estados Unidos Mexicanos, a partir del diecisiete de noviembre de dos mil cuatro

Fecha de disposición12 Enero 2005
Fecha de publicación12 Enero 2005
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO mediante el cual el Convenio de Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Italiana, firmado en la Ciudad de México, el quince de septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve, quedará sin efectos en los Estados Unidos Mexicanos, a partir del diecisiete de noviembre de dos mil cuatro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracciones I y X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y en el artículo 3o., fracción II, de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, y

CONSIDERANDO

Que por decreto del veintitrés de enero de mil novecientos cincuenta y tres, publicado en el Diario Oficial el veintiséis de marzo del propio año, fue promulgado el Convenio de Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Italiana, firmado en la Ciudad de México, el quince de septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve;

Que el numeral 11 del citado Acuerdo establece que el mismo permanecerá vigente por un año, y al expirar este plazo permanecerá en vigor hasta treinta días después de la fecha en que cualquiera de las Partes contratantes haya notificado a la otra Parte que lo da por terminado;

Que el Gobierno de México denunció unilateralmente el referido Convenio el dieciocho de octubre de dos mil cuatro, en virtud de que el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos, por una Parte, y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, por Otra, del 8 de diciembre de 1997, ha superado su aplicación y contenido;

Que la mencionada denuncia surtirá efectos a partir del diecisiete de noviembre de dos mil cuatro, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO

El Convenio de...

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