Convenio de Coordinación para fortalecer el financiamiento del Programa de Apoyo al Empleo, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Michoacán, así como su Anexo de Ejecución

Fecha de disposición09 Noviembre 2009
Fecha de publicación09 Noviembre 2009
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. CONVENIO DE COORDINACION PARA FORTALECER EL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LIC. JAVIER LOZANO ALARCON, ASISTIDO POR EL DR. JAIME DOMINGO LOPEZ BUITRON, SUBSECRETARIO DE EMPLEO Y PRODUCTIVIDAD LABORAL; LIC. ALEJANDRO RAZO CORONA, COORDINADOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO, Y EL C. JAIME BARBARA MARTINEZ, DELEGADO FEDERAL DEL TRABAJO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA" Y, POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, MTRO. LEONEL GODOY RANGEL, ASISTIDO POR EL MTRO. FIDEL CALDERON TORREBLANCA, SECRETARIO DE GOBIERNO; EL LIC. ELOY VARGAS ARREOLA, SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO; EL C.P. RICARDO HUMBERTO SUAREZ LOPEZ, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION; EL ING. ISIDORO RUIZ ARGAIZ, COORDINADOR DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO; LA LIC. ROSA MARIA GUTIERREZ CARDENAS, COORDINADORA DE CONTRALORIA, Y LA LIC. ANA LILIA CORNEJO QUIROZ, DIRECTORA DEL EMPLEO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL EJECUTIVO DEL ESTADO", DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Servicio Nacional de Empleo (SNE) fue constituido en 1978 a partir de las reformas a la Ley Federal del Trabajo y está integrado por 32 Servicios de Empleo, uno por entidad federativa, que en coordinación con "LA SECRETARIA" se encargan de la operación del Programa de Apoyo al Empleo (PAE) en la República Mexicana.

  2. El SNE es la única institución pública que se ocupa de la atención al desempleo y dentro de sus facultades se encuentran las de orientar a los buscadores de empleo hacia las vacantes existentes; auxiliar a las empresas para cubrir sus necesidades de personal y proporcionar orientación, capacitación y apoyos económicos a la población para que incrementen sus posibilidades de encontrar un empleo o trabajar por cuenta propia; así como fortalecer sus capacidades productivas.

  3. El PAE es un instrumento de política activa de mercado de trabajo, orientado a reducir los costos de contratación y búsqueda de empleo que enfrentan las empresas y la población desempleada y subempleada, e incrementar las posibilidades de colocación de esta última brindándole orientación ocupacional, asistencia técnica, información y, en su caso, capacitación para el trabajo a corto plazo o apoyos económicos o en especie en función de sus características y las del mercado laboral.

  4. Con el propósito de elevar el nivel de aportación de los gobiernos de las entidades federativas para la ejecución del PAE, "LA SECRETARIA" ha establecido una modalidad de distribución de recursos denominada "Estímulo a la Aportación Estatal", en la cual se plantea que, por cada peso que los gobiernos de las entidades federativas asignen a la ejecución del programa, "LA SECRETARIA" asignará una cantidad equivalente al doble de tal aportación (numeral 4.1.2.2. de las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2008).

DECLARACIONES

  1. "LA SECRETARIA" declara que:

    1.1. Conforme a lo dispuesto en los artículos 26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 537, 538 y 539 de la Ley Federal del Trabajo, es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que tiene, entre otras atribuciones, las siguientes:

    1. Promover el incremento de la productividad del trabajo.

    2. Promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo, así como realizar investigaciones, prestar servicios de asesoría e impartir cursos de capacitación que, para incrementar la productividad en el trabajo, requieran los sectores productivos del país.

    1.2. Como encargada del SNE, algunas de sus facultades son las de: organizar, promover y supervisar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores; practicar estudios sobre las causas del desempleo y del subempleo; analizar el mercado de trabajo; promover el aumento de las oportunidades de empleo; practicar estudios, planes y proyectos para impulsar la ocupación, así como procurar su correcta ejecución y proponer lineamientos para orientar la formación profesional hacia las áreas con mayor demanda de mano de obra.

    1.3. Con el propósito de fomentar la reciprocidad en el financiamiento del PAE, ha establecido la modalidad de distribución de recursos denominada "Estímulo a la Aportación Estatal", señalada en el Antecedente IV.

    1.4. Los recursos que suministrará a "EL EJECUTIVO DEL ESTADO" para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, provienen del monto autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 y estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal durante ese Ejercicio Fiscal.

    1.5. El Lic. Javier Lozano Alarcón, Secretario del Ramo, cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de acuerdo con lo previsto por los artículos 1, 3, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2008.

    1.6. Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Avenida Anillo Periférico Sur número 4271, colonia Fuentes del Pedregal, Delegación Tlalpan, código postal 14149, México, Distrito Federal.

  2. "EL EJECUTIVO DEL ESTADO" declara que:

    2.1. En términos de los artículos 40, 42, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 11 y 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, el Estado de Michoacán es parte integrante de la Federación, libre, independiente y soberano en lo que toca a su régimen interior sin más limitaciones que las expresamente establecidas en el Pacto Federal.

    2.2. El C. Mtro. Leonel Godoy Rangel, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado y los funcionarios que lo asisten, cuentan con las facultades para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 14, 60 fracción XXII, 62, 65, 66, 130 y 148 de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo; 1, 2, 3, 8, 9, 11, 12, 13, 15, 16, 18, 22, 23, 24, 26, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 36 y 37 de la Ley de Planeación del Estado de Michoacán de Ocampo y 11 fracción XVIII, 18, 37, 72, 191 y 198 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán y demás disposiciones legales aplicables.

    2.3. Está de acuerdo en suscribir el presente Convenio, con la finalidad de coordinar esfuerzos con el Gobierno Federal en materia de capacitación y mejora continua contribuyendo al desarrollo de los empleadores y trabajadores en activo que forman parte de las micro, pequeñas y medianas empresas en el Estado de Michoacán de Ocampo.

    2.4. Para todos los efectos derivados del presente Convenio señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, Avenida Madero Poniente número 63, Zona Centro, código postal 58000, ciudad de Morelia, Michoacán de Ocampo.

    Expuestos los anteriores Antecedentes y Declaraciones, las Partes están de acuerdo en celebrar el presente Convenio al tenor de las estipulaciones contenidas en las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- El presente instrumento tiene por objeto fomentar la participación de "EL EJECUTIVO DEL ESTADO" en el financiamiento del PAE, para la ampliación de la cobertura y el mejoramiento de la calidad de los servicios que proporciona el SNE de la entidad.

    SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto antes mencionado, en el Ejercicio Fiscal 2009 las Partes se obligan a aportar los recursos establecidos en la modalidad "Estímulo a la Aportación Estatal" en un marco de reciprocidad. La modalidad de distribución de recursos denominada "Estímulo a la Aportación Estatal" opera con la metodología de asignación definida por "LA SECRETARIA", que se expone en el numeral 4.1.2.2. de las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2008.

    Las aportaciones de "LA SECRETARIA" y de "EL EJECUTIVO DEL ESTADO" en la modalidad "Estímulo a la Aportación Estatal", se formalizan con la celebración del presente Convenio, con lo cual se favorece una política de reciprocidad en el financiamiento del PAE y se reconoce el esfuerzo estatal en materia de acciones de empleo.

    Las aportaciones estatales son adicionales a los montos presupuestales autorizados por "LA SECRETARIA" para la entidad con base en la normatividad vigente.

    TERCERA.- "EL EJECUTIVO DEL ESTADO" se compromete a considerar dentro de su presupuesto la cantidad de $12'133,193.53 (DOCE MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y TRES PESOS 53/100 M.N.) con cargo a la partida presupuestal de la Secretaría de Desarrollo Económico del mismo, para aplicarla al financiamiento del PAE en el contexto de la modalidad "Estímulo a la Aportación Estatal".

    CUARTA.- "LA SECRETARIA", en contraparte, se compromete a asignar a "EL EJECUTIVO DEL ESTADO" en la modalidad "Estímulo a la Aportación Estatal", la cantidad de $24'266,387.06 (veinticuatro millones doscientos sesenta y seis mil trescientos ochenta y siete pesos 06/100 M.N.) para la ejecución del PAE.

    Adicionalmente, "LA SECRETARIA" asignará recursos a "EL EJECUTIVO DEL ESTADO" para la operación del PAE en la modalidad de "Criterios", prevista en el numeral 4.1.2.1. de las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo. El monto total de recursos que "LA SECRETARIA" asignará a "EL EJECUTIVO DEL ESTADO" para la operación del PAE en el ejercicio fiscal 2009, se encuentra previsto en el Acuerdo mediante el cual se da a conocer el monto de recursos asignado y la distribución de la...

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