Convenio Específico en Materia de Ministración de Subsidios para Realizar Acciones en Materia de Prevención y Tratamiento de las Adicciones, Celebrado Entre el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Estatal, el 1 de Marzo de 2017.

Tomo 102, Colima, Col., Sábado 14 de Octubre del año 2017; Núm. 66 pág. 2.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL

CONVENIO

ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LAS ADICCIONES, CELEBRADO ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL EJECUTIVO ESTATAL, EL 1 DE MARZO DE 2017

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LAS ADICCIONES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA" POR CONDUCTO DEL DR. MANUEL ISIDORO MONDRAGÓN Y KALB, EN SU CARÁCTER DE COMISIONADO NACIONAL CONTRA LAS ADICCIONES ASISTIDO POR EL ING. ARQ. SANTOS JOEL PINAL IBARRA, EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL Y PRESIDENTE EJECUTIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE COLIMA, Y EL C.P. CARLOS ARTURO NORIEGA GARCÍA EN SU CARÁCTER DE SECRETARÍO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DE GOBIERNO DEL ESTADO, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S

  1. Con fecha 23 de abril de 2013, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo Marco de Coordinación celebrado entre "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD", en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", el cual tiene por objeto facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "LA ENTIDAD" con "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9 y 13, Apartado B, de la Ley General de Salud.

  2. De conformidad con lo establecido en la cláusula segunda, de "EL ACUERDO MARCO", están facultados para la celebración de los Convenios Específicos que al efecto se suscriban, por parte de "LA ENTIDAD", el Titular de la Secretaría de Salud y Bienestar Social y Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud del Estado de Colima, y el Titular de la Secretaría de Planeación y Finanzas de Gobierno del Estado, y por parte de "LA SECRETARÍA", el Comisionado Nacional contra las Adicciones.

  3. "LA SECRETARÍA" tiene dentro de sus objetivos, la atención de los retos de la salud que enfrenta el País, a los cuales se han asociado metas estratégicas, líneas de acción y actividades que corresponden a las prioridades del sector salud para contribuir al logro de sus objetivos, y destaca, en materia de salud pública, el fortalecer e integrar las acciones de prevención y control de adicciones, las cuales se especifican en el Programa de Acción Específico Prevención y Atención Integral de las Adicciones 2013-2018, en lo sucesivo "EL PROGRAMA"

    D E C L A R A C I O N E S

  4. DECLARA "LA SECRETARÍA" QUE:

    I.1 La Comisión Nacional Contra las Adicciones "CONADIC", es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, operativa y administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 1, del Decreto por el que se modifica la denominación, objeto, organización y funcionamiento del órgano desconcentrado Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones, para transformarse en la Comisión Nacional Contra las Adicciones, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 20 de julio del 2016.

    I.2 El Dr. Manuel Isidoro Mondragón y Kalb, en su carácter de Comisionado Nacional contra las Adicciones tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 4, fracción II y 5, del "Decreto por el que se modifica la denominación, objeto, organización y funcionamiento del órgano desconcentrado Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones, para transformarse en la Comisión Nacional Contra las Adicciones como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de julio de 2016; en relación con lo que dispone el artículo 38, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; carácter que acredita con la copia fotostática de su nombramiento; de igual manera el Ing. Arq. Santos Joel Pinal Ibarra, acredita su personalidad con copia de su nombramiento las cuales se adjuntan al presente instrumento como parte de su Anexo 1.

    I.3 Corresponde a la Comisión Nacional contra las Adicciones, entre otras atribuciones, proponer al Secretario de Salud, la política y estrategia nacionales, los programas en materia de prevención, tratamiento y control de las adicciones, así como conducir y coordinar su instrumentación que permitan optimizar la asignación de recursos financieros para los programas antes enunciados y que están vinculados con la prevención y el control de las adicciones, sin perjuicio de las atribuciones que en estas materias tengan otras unidades administrativas o dependencias, conforme a lo dispuesto en la fracción I, del artículo 3, del "Decreto por el que se modifica la denominación, objeto, organización y funcionamiento del órgano desconcentrado Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones, para transformarse en la Comisión Nacional Contra las Adicciones como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de julio de 2016.

    De igual manera, le corresponde proponer y realizar las gestiones para la celebración de convenios y acuerdos de coordinación de la Secretaría de Salud con los gobiernos de las entidades federativas, para impulsar su apoyo y participación en el desarrollo de las acciones en materia de los programas a su cargo; proponer los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y de los insumos utilizados en los programas a su cargo, en coordinación con las unidades administrativas competentes.

    1.5 Cuenta con la disponibilidad presupuestaría para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico, mismos que le fueron asignados a "EL PROGRAMA" en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2017.

    I.6 Para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en Avenida Insurgentes Sur, Número 1228, Col. Tlacoquemécatl del Valle, Benito Juárez, Código Postal 03100, en la Ciudad de México.

  5. DECLARA "LA ENTIDAD" QUE:

    II.1. El Dr. Ignacio Federico Villaseñor Ruiz, Secretario de Salud y Bienestar Social y Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud de Colima , tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 60, 61 y 66, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 1; 6; 13, fracción XI; 15 y 32, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima; 1°, 23 y 24, fracción XXIV, del Reglamento Interior de los Servicios de Salud del Estado de Colima, cargo que acredita con la copia fotostática de su nombramiento, la cual se adjunta al presente instrumento como parte de su ANEXO 1.

    II.2 El CP. Carlos Arturo Noriega García, Secretario de Planeación y Finanzas de Gobierno del Estado de Colima, tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 60, 61, 66 y 110, de la Constitución Política del Estado

    Libre y Soberano de Colima; 1; 6; 13, fracción II; 15 y 23, fracción XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima; 1; 6 y 7, fracción XX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, cargo que acredita con la copia fotostática de su nombramiento, la cual se adjunta al presente instrumento como parte de su ANEXO 1.

    II.3. Que para efectos del presente Convenio Específico, señala como domicilio el ubicado en Avenida Liceo de Varones Esq. Rubén Agüero s/n, Colonia La Esperanza, C.P. 28000, Colima, Colima.

    Expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las...

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