Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Baja California Sur

Fecha de disposición10 Noviembre 2015
Fecha de publicación10 Noviembre 2015
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos provenientes del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Baja California Sur. CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PROVENIENTES DEL PROGRAMA DE APOYO PARA FORTALECER LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. EDUARDO GONZALEZ PIER, SUBSECRETARIO DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS GRACIA NAVA, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA SUR, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO "LA ENTIDAD DE B.C.S.", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DR. VIRGILIO JIMENEZ PATIÑO, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DE BAJA CALIFORNIA SUR, ASISTIDO POR EL LIC. JOSE ANTONIO RAMIREZ GOMEZ, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR; Y A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA ENTIDAD DE B.C.S." y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD DE B.C.S." para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula SEGUNDA de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos se determine, por "LA ENTIDAD DE B.C.S.", el Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Baja California Sur y el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud ambos de Baja California Sur; y por "LA SECRETARIA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el Comisionado Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/u órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.

  3. La presente administración dentro del Plan Nacional de Desarrollo 20132018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, establece cinco Metas Nacionales, dentro de las cuales en su Meta II. México Incluyente (VI.2.) se plantea un México Incluyente para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo. Asimismo su Objetivo 2.3. plantea Asegurar el acceso a los servicios de salud, conforme a las Estrategias y Líneas de acción planteadas.

  4. Que el Gobierno Federal ha establecido dentro del Objetivo 2 del Programa Sectorial de Salud 2013-2018 "Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad", para lo cual el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, se deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas; crear redes integradas de servicios de salud interinstitucional; reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos; ampliar la red de

    atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional. Y en su Objetivo 5 Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, para obtener mejores resultados en salud; dentro de este objetivo se plantea como una Estrategia el Establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos (infraestructura y equipamiento) para la salud, con sus diferentes líneas de acción.

  5. Que en fecha 3 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, en el cual su Anexo número 29 establece la distribución del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud por un monto total de $4,113'123,811.00 (Cuatro mil ciento trece millones, ciento veintitrés mil ochocientos once pesos 00/100 M.N.).

    DECLARACIONES

  6. De "LA SECRETARIA":

    1. Que el Dr. Eduardo González Pier, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, 8 fracción XVI y 9, facciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como en lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010; cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.

    2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES), se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de "LA SECRETARIA" con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad; así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras; realizar el análisis, planeación y actualización del Plan Maestro de Infraestructura física en Salud; diseñar e instrumentar sistemas y programas que permitan optimizar la asignación de recursos financieros para la infraestructura de atención a la salud, así como emitir y aplicar criterios e instrumentos para la construcción de infraestructura nueva y el reordenamiento de la ya existente, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, II, III, V, VIII, X y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que de conformidad con lo previsto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de diciembre de 2013, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.

    4. Que para efectos del presente Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 (siete) de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en México, Distrito Federal.

  7. De "LA ENTIDAD DE B.C.S.":

    1. Que el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud de Baja California Sur, participa en la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, y los artículos 1,5, fracciones I, II, III, y en especial a lo dispuesto en la IX y XVII del Reglamento Interior de la Secretaria de Salud de Baja California Sur, publicación numero 17 bis del tomo XXXIII del Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur, de fecha 10 de abril del 2006, asimismo en lo dispuesto en los artículos 2, 4, 5, 9 y 25 fracción I, del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud de Baja California Sur publicación número 27 del tomo XL, del Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur, de fecha 20 de junio del 2013, cargos que quedan debidamente acreditados con las copias de los nombramientos que se adjuntan al presente instrumento jurídico.

    2. Que el Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Baja California Sur, asiste a la

      suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16 fracción II, 22 fracción II inciso h de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son implementar las acciones que permitan coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, que le posibiliten fortalecer la calidad de los servicios de salud en el Estado.

    4. Que para todos los efectos legales relacionados a la interpretación con este Convenio Específico, señala como...

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