Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y el Estado de Zacatecas, que tiene por objeto la reconstrucción y conservación de la Carretera Federal libre de peaje en dicha entidad federativa.

Fecha de publicación07 Septiembre 2023
EmisorSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y el Estado de Zacatecas, que tiene por objeto la reconstrucción y conservación de la Carretera Federal libre de p
CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y el Estado de Zacatecas, que tiene por objeto la reconstrucción y conservación de la Carretera Federal libre de peaje en dicha entidad federativa.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SICT", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. JORGE NUÑO LARA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, ING. JESÚS FELIPE VERDUGO LÓPEZ Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT ZACATECAS, ING. JORGE ISIDORO CARDOZA LÓPEZ, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL LIC. DAVID MONREAL ÁVILA, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL MTRO. RODRIGO REYES MUGÜERZA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; M. EN I. RICARDO OLIVARES SÁNCHEZ, SECRETARIO DE FINANZAS; ARQ. GUILLERMO CARRILLO PASILLAS, SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS; Y LA MTRA. HUMBELINA ELIZABETH LÓPEZ LOERA, SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) "B" de la SHCP, mediante oficio número 415/DGPyPB/2023/1305 de fecha 17 de julio de 2023 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "LA SICT" reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.
DECLARACIONES
I. De "LA SICT":
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la LeyOrgánica de la Administración Pública Federal.
3. Que su titular, el Lic. Jorge Nuño Lara cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4° del ReglamentoInterior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Avenida Insurgentes Sur 1089, Colonia Noche Buena, Código Postal 03720, Alcaldía Benito Juárez en la Ciudad de México, México.
II. De la ENTIDAD FEDERATIVA:
1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, y 1°y 2° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 72, 73 y 82, fracciones XV y XXVII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.
3. Que de conformidad con los artículos 84 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano deZacatecas y 3, 7, 24, 25 fracciones I, II, V y VIII, 26, 27, 30 y 33, de la Ley Orgánica de la AdministraciónPública del Estado de Zacatecas, este Convenio es también suscrito por los secretarios General de Gobierno, de Finanzas, de la Función Pública, y de Obras Públicas.
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la reconstrucción y conservación de carreteras federales, para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de Zacatecas.
5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el Palacio de Gobierno ubicado en Av. Hidalgo número 604, Colonia Centro, código postal 98000, Zacatecas, Zacatecas.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5° y 25 de la Ley deCaminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios delSector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la LeyFederal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 1°, 2°, 72, 73 y 82, fracciones XV y XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberanode Zacatecas; y los artículos 2, 3, 7, 24, 25 fracciones I, II, V y VIII, 26, 27, 30 y 33, de la Ley Orgánica de laAdministración Pública del Estado de Zacatecas y Segundo transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de reconstrucción y conservación de carretera federal libre de peaje en el Estado de Zacatecas, reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan:
PROGRAMA
IMPORTE (Millones de
pesos)
Reconstrucción del puente Río Grande que se localiza en el km 60+600 de la carretera Zacatecas-Torreón, tramo Entronque La Chicharrona-Lím. Zac./Dgo., Ramal Acceso a Río Grande, sobre el Río Aguanaval, en el estado de Zacatecas.
82.0
TOTAL
82.0
El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los "LINEAMIENTOS para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- REASIGNACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $82'000,000.00 (ochenta y dos millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de "LA SICT", de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer párrafo, de la Ley Federal de...

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