Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Bienestar y el Estado de Chiapas, en el marco del Programa Sembrando Vida para el ejercicio fiscal 2020.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL, EL C. JAVIER MAY RODRÍGUEZ; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA" REPRESENTADO POR EL C. JAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ, SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "SECRETARÍA DE HACIENDA"; LA C. ZAYNIA ANDREA GIL VÁZQUEZ, SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "SAGyP"; LA C. MARÍA DEL ROSARIO BONIFAZ ALFONZO, SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE E HISTORIA NATURAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "SEMAHN" Y CON LA PARTICIPACIÓN DE LA C. LILIANA ANGELL GONZÁLEZ, SECRETARIA DE LA HONESTIDAD Y FUNCIÓN PÚBLICA; A QUIENES, CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA, SERÁN DENOMINADAS COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir Convenios de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en lo sucesivo la SHCP, y la Secretaría de la Función Pública, en lo sucesivo la SFP, así como para obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

II. La Dirección General de Programación y Presupuesto "B", en lo sucesivo la DGPyP "B", de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-01031, de fecha 08 de abril de 2020, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "LA SECRETARÍA" reasigne recursos a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.

DECLARACIONES

I. De "LA SECRETARÍA":

I.1 Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, conforme a lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2 Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde, entre otras atribuciones, formular, conducir, evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; coordinar la acciones que incidan en el bienestar de la población y el desarrollo humano, fomentando un mejor nivel de vida; coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobierno estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado.

I.3 Que su representante el C. Javier May Rodríguez, Subsecretario de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, lo cual lo acredita con el nombramiento del cargo, emitido el 01 de diciembre de 2018, signado por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Andrés Manuel López Obrador, mismo que se encuentra vigente, tiene la facultad para suscribir el presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, de conformidad con lo estipulado en los artículos 6 fracciones VI y XIX; 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Secretaría de Bienestar; y Octavo y Décimo Quinto Transitorios del Decreto por el que se reforman,

adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; el Articulo Único del Acuerdo por el que se Delegan en la persona Titular de la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de marzo de 2020.

I.4 Para los efectos del presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, señala como domicilio el ubicado en Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Código Postal 06600.

II. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

II.1 Que de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I, 43, 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 16, 17 y 51 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es una entidad libre y soberana en todo lo concerniente en su régimen interior.

II.2 Que el C. Javier Jiménez Jiménez, acredita su personalidad como Secretario de Hacienda, con el nombramiento de fecha 08 de diciembre de dos mil dieciocho, expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Chiapas, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, de conformidad en lo establecido en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 11 primer párrafo, 13, 14 fracciones I, IV y V, 21, y 28 fracción II, y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas vigente.

II.3 Que la C. Zaynia Andrea Gil Vázquez, en su carácter de Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, de conformidad con el nombramiento otorgado a su favor por el Gobernador del Estado, de fecha 08 de diciembre de 2018, y a lo previsto en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 11 primer párrafo, 13, 14 fracciones I, IV y V, 21 primer párrafo, 28 fracción X y 38 fracción II, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas vigente.

II.4 Que la C. María del Rosario Bonifaz Alfonzo, acredita su personalidad como Secretaria de Medio Ambiente e Historia Natural, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, de conformidad con el nombramiento de fecha 08 de diciembre de dos mil dieciocho, expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Chiapas, y a lo previsto en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 11 primer párrafo, 13, 14 fracciones I, IV y V, 21 primer párrafo, 28 fracción VII y 35 fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

II.5 Que la C. Liliana Angell González, acredita su personalidad como Secretaria de la Honestidad y Función Pública, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, de conformidad con el nombramiento de fecha 08 de diciembre de dos mil dieciocho, expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Chiapas, y ratificado por el Congreso del Estado, con fecha 10 de diciembre del 2018; que cuenta con atribuciones para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 11 primer párrafo, 21 primer párrafo, 28 fracción III, y 31 fracciones XXXIV y XXXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

II.6 Que, para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, señalan como su domicilio el ubicado en Boulevard Andrés Serra Rojas número 1090 Colonia El Retiro, nivel 11, del edificio de la Torre Chiapas, para la "Secretaría de Hacienda"; el ubicado en km. 2.5 de la carretera Juan Crispín - Chicoasén, Centro Demostrativo "La Chacona", en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para la "SAGyP"; y el ubicado en Calzada Cerro Hueco sin número, Colonia El Zapotal, número 6, Código Postal 29040, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para la "SEMAHN".

En virtud de lo anterior y con fundamento en el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3 y 4 de la Ley General de Desarrollo Social; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento; 1, 2, 16, 17, 51, 59 fracciones XXXVI y XXXVIII, y 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 21, 30, 31 fracciones XXXIV y XXXVI 35 fracción XVII, y 38 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, así como en el Segundo Transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos y los Anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto...

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