Convenio de Coordinación para la Ejecución del Proyecto Pátzcuaro, Rehabilitación del Muelle y Unidad de Servicios Turísticos de Urandén, Municipio de Pátzcuaro, que celebran el Poder Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Turismo y el H. Ayuntamiento de Pátzcuaro, Michoacán

Fecha de publicación18 Noviembre 2010
EstadoMichoacán
MunicipioPátzcuaro
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Jueves 18 de Noviembre del 2010. 3a. Secc.
COPIA SIN VALOR LEGAL
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN
DEL PROYECTO PÁTZCUARO: REHABILITACIÓN DE
MUELLE Y UNIDAD DE SERVICIOS TURÍSTICOS DE
URANDÉN, MUNICIPIO DE PÁTZCUARO, QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE
OCAMPO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ
«EL EJECUTIVO DEL ESTADO», A TRAVÉS DE LA
SECRETARÍA DE TURISMO, REPRESENTADA EN ESTE
POR SU TITULAR EL DR. JAIME GENOVEVO FIGUEROA
ZAMUDIO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL SECRETARIO
DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, C.P.C. RICARDO
HUMBERTO SUÁREZ LÓPEZ, EL COORDINADOR DE
PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO, M.C. ÉRICK LÓPEZ
BARRIGA, Y LA COORDINADORA DE CONTRALORÍA,
LIC. ROSA MARÍA GUTIÉRREZ CÁRDENAS, Y POR LA
OTRA PARTE EL AYUNTAMIENTO DE PÁTZCUARO,
MICHOACÁN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE
DENOMINARÁ «EL AYUNTAMIENT, REPRESENTADO
EN ESTE ACTO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, ING.
ANTONIO GARCÍA VELÁZQUEZ, ASISTIDO POR EL
SÍNDICO MUNICIPAL, ING. GILBERTO SEBERINO GARZA
FALCÓN, Y POR EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO,
ING. GERARDO TALAVERA GODÍNEZ; A QUIENES EN SU
CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ «LAS PARTES», AL
TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2008-2012, establece
en su capítulo II relativo a «Desarrollo Económico
Interno y Para la Gente, Sustentable Con Justicia y
Equidad», el Programa de Turismo: palanca de
desarrollo y vía de integración social, el cual dentro
de una de sus líneas de acción determina que, «crear
infraestructura turística y mejorar la existente será
prioritario para las acciones de gobierno en las
comunidades y regiones con el objeto de elevar el
bienestar y mejorar los servicios para los visitantes;
el turismo tiene que convertirse en un medio eficaz
para la integración social, cultural y económica. Debe
ser una actividad cuyo crecimiento de oportunidades
movilice al tejido social de los michoacanos desde
abajo, con el único propósito de mejorar su nivel y
condición de vida».
2. Que en el marco del Convenio de Coordinación para
el Desarrollo Municipal 2008-2011, se estableció
como objeto en esencia, el establecer las bases y
mecanismos de coordinación y cooperación entre
«EL EJECUTIVO DEL ESTADO», los
ayuntamientos, las instancias gubernamentales
federales y la participación del sector social y privado
para la ejecución de proyectos, obras y acciones
que coadyuven al desarrollo del municipio.
DECLARACIONES
1. DECLARA «EL EJECUTIVO DEL ESTADO» QUE:
a) Que los titulares de las Secretarías de Turismo
y Finanzas y Administración, cuentan con las
atribuciones para suscribir el presente
Convenio de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 62 y 66 de Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Michoacán de
Ocampo, así como los artículos 8°, 9°, 11, 15,
16, 22, 24, 27 fracciones I y XIII y 44 fracción I
de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de Michoacán de Ocampo, artículos
1°, 2°, 6° fracción V, 11 fracciones XVIII y XIX
y 83 del Reglamento Interior de la
Administración Pública Centralizada del
Estado de Michoacán, artículo 36 de la Ley de
Planeación del Estado de Michoacán y 35
fracción I de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de
Michoacán;
b) Que de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 62 y 66 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Michoacán
de Ocampo, así como los artículos 8°, 9°, 11,
15, 16, 40 fracciones I y II, 41, 42 y 44 fracción
I de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Michoacán de Ocampo,
artículos 1°, 2°, 6° fracción V, 11 fracciones
XVIII y XIX, 191 y 198 del Reglamento Interior
de la Administración Pública Centralizada del
Estado de Michoacán, artículo 36 de la Ley
de Planeación del Estado de Michoacán y 35
fracción I de la Ley de Presupuesto,
Contabilidad y Gasto Público del Estado de
Michoacán, los titulares de las
Coordinaciones de Planeación para el
Desarrollo y Contraloría, cuentan con las
facultades para suscribir el presente
instrumentos jurídico;
c) Cuenta con los recursos estatales para la
realización del proyecto de Pátzcuaro:
Rehabilitación de Muelle y Unidad de
Servicios Turísticos de Urandén, Municipio
de Pátzcuaro, según Oficio de Autorización
de Recursos Al/11/002202/10 de fecha 18 de
junio de 2010, expedido por la Secretaría de
Finanzas y Administración, que se integran

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