CONVENIO DE ASOCIACION CELEBRADO EL 13 DE JULIO DE 2007, ENTRE LOS MUNICIPIOS DE ACAPONETA Y TECUALA NAYARIT; RESPECTO DEL PROYECTO DE RELLENO SANITARIO REGIONAL

CONVENIO DE ASOCIACIÓN CELEBRADO EL 13 DE JULIO DE 2007, ENTRE LOS

MUNICIPIOS DE ACAPONETA Y TECUALA, RESPECTO DEL PROYECTO DE

RELLENO SANITARIO REGIONAL (MODIFICACIONES)

OBJETO COMUN ES CON EL FIN DE ACTUALIZAR, RATIFICAR Y CORREGIR

ALGUNAS CLAUSULAS DEL CITADO CONVENIO, POR LO QUE EN ESTE ACTO EL

MUNICIPIO DE ACAPONETA, NAYARIT, REPRESENTADO POR CONDUCTO DE SU

PRESIDENTE MUNICIPAL, EL DR. SAULO LORA AGUILAR, EL SECRETARIO DEL

AYUNTAMIENTO EL LIC. ROBERTO GARCIA HERNANDEZ, EL SINDICO DEL

AYUNTAMIENTO, EL C. C.P. HECTOR JAVIER BAÑUELOS AHUMADA, POR OTRA

PARTE EL MUNICIPIO DE TECUALA, NAYARIT, REPRESENTADO POR CONDUCTO

DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, C. ALBERTO PARRA GRAVE, EL SINDICO DEL

AYUNTAMIENTO, EL C. GUSTAVO SALAZAR RODRIGUEZ Y EL SECRETARIO DEL

AYUNTAMIENTO EL C. JOSE RAMON ESPARZA OSUNA; QUIENES EN LO

SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO SE LES

DENOMINARA “LOS MUNICIPIOS” ESTAN DE ACUERDO EN HACER LAS

MODIFICACIONES NECESARIAS POR LO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS

SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y SUBSECUENTES CLAUSULAS:

A N T E C E D E N T E S

Tecuala celebraron un Convenio Con Objeto Común, autorizado por los cabildos de ambos ayuntamientos, acordaron iniciar las gestiones para, mediante el presente instrumento jurídico, sentar las bases que permitan presentar el servicio publico de recolección, traslado, manejo y disposición de residuos sólidos de manera asociada en el sitio denominado “El Sobasto” que se inicia en el Km. 140 de la carretera internacional No 15 México Nogales, en el que actualmente se dispone a cielo abierto la basura del municipio de Acaponeta, Nayarit.

Estados Unidos Mexicanos, prevé formas diferentes a la tradicional, para prestar servicios públicos municipales ya que faculta a los municipios, para que previo acuerdo de sus Ayuntamientos, puedan asociarse para la mas eficaz presentación de las servicios públicos o el mejor ejercicio de sus funciones que les correspondan. varios para la prestación de un servicio o del ejercicio de una función publica de su competencia, bajo los siguientes requisitos.

  1. Que se mejore la prestación del servicio o se realice una función con

    Mayor eficiencia.

  2. Que exista un acuerdo de los cabildos aprobando el convenio de

    Asociación o coordinación correspondiente.

    Sábado 25 de Septiembre de 2010 Periódico Oficial 3

  3. Si los efectos del convenio correspondiente tienen mayor alcance que el

    Periodo constitucional de los ayuntamientos deberá ser aprobado por

    Mayoría calificada de los mismos.

  4. El convenio deberá constar por escrito, estar firmado por lo Representantes legales de las partes y publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del

    Estado y en un diario de mayor circulación de los Municipios de que se trate.

  5. Los convenios deberán prever causas de rescisión, terminación Anticipada y efectos del incumplimiento de las partes. prestar un servicio publico de manera conjunta, los ayuntamientos respectivos de común acuerdo, podrán designar coordinadores operativos o crear la estructura que convenga pudiendo ser incluso un organismo descentralizado. Los organismos que conforme a esta figura se generen, tendrán personalidad jurídica y patrimonio propio, por lo que las reglas para su rescisión, terminación, desaparición y liquidación deberán quedar claramente establecidas en el convenio. Lo anterior con forme a lo estipulado en los artículos 213 y 215 fracción III de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit. que uno de los fines de los ayuntamientos es garantizar la participación social y comunitaria en la toma de decisiones colectivas, estableciendo medios institucionales de consulta y descentralizando funciones de control y vigilancia en la construcción de obras o prestación de servicios públicos.

    Ayuntamiento de Acaponeta, Nayarit, autorizo el C. Presidente Municipal para que suscribiera el presente convenio y las modificaciones de que se hicieron al convenio de fecha 13 de julio de 2007.

    Ayuntamiento de Tecuala, autorizo al C. Presidente Municipal para que suscribiera el presente convenio y las modificaciones que se hicieron al convenio de fecha 13 de julio de 2007.

    D E C L A R A C I O N E S propio, en términos de los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los

    Estados Unidos Mexicanos; 111 de la Constitución Política del Estado Libre y

    Soberano de Nayarit; así como artículo 1,2 y 3 de la Ley Municipal del Estado de

    Nayarit. suscripción del presente convenio con fundamento en lo dispuesto en los artículos

    Mexicanos, 111 inciso g) de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

    Nayarit, así como se desprende de las certificaciones de actas de sesiones de Cabildo del Ayuntamiento de Tecuala con fecha 12 de marzo de 2007. domicilios legales para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio, los ubicados en:

  6. El municipio de Acaponeta en: Calle Morelos No. 06 Ote. Col. Centro, Tels. presidenciaacaponeta@hotmail.com.mx.

  7. El municipio de Tecuala en: México y Escobedo S/N COL. Centro Tels. 01- obligaciones que contraerán al suscribir el presente Convenio de Asociación por

    Objeto Común, y adicionalmente harán esfuerzos para promover y facilitar la concurrencia de los recursos intergubernamentales con los otros ordenes de gobierno que permita su potenciación y, por lo tanto, mayor eficiencia, alcance e impacto social del servicio publico para el cual se asocian. fundamento en lo dispuesto por el articulo 115, facción III, inciso i, de la Constitución

    Política de los Estados Unidos Mexicanos; el articulo 10 de la Ley General para la

    Prevención y Gestión Integral de los residuos; la Norma Oficial Mexicana NOM-083-

    SEMARNAT-2003; los artículos 110, inciso n), 111, inciso g) de la Constitución

    Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; el apartado VI, Políticas Publicas y los objetivos estratégicos 6 y 12 del Plan Estatal de Desarrollo 2005-2011. la visión de largo plazo, del Estado de Nayarit; los artículos 1, 2, 3, 4, fracción VI y VII. 61 fracción II, inciso c), 212, 213, 214, 215 y 216 de la Ley Municipal para el Estado de

    Nayarit los artículos 1, fracción 1, 2 fracción IV, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 12, 13 Y 15 de la Ley

    General de Asentamientos Humanos. cláusulas siguientes: a) LA PRIMERA.- En corrección de dedo y redacción. b) LA SEGUNDA.- Se divide en dos partes el contenido de esta cláusula, la primera hasta la fracción tercera párrafo segundo y la segunda parte se convierte en otro cláusula con incisos de la a) a la f) convirtiéndose en cláusula TERCERA. c) LA TERCERA.- Será la CUARTA.- Se modifica la fracción primera en el termino basura por ORGANICOS E INORGANICOS, se suprime el ultimo párrafo. d) LA CUARTA.- Será la QUINTA.- Se divide en dos partes el contenido de esta cláusula, apareciendo una sexta clausula con el contenido de la segunda parte.

    Sábado 25 de Septiembre de 2010 Periódico Oficial 5 e) LA QUINTA.- Será la SEPTIMA.- Suprimiendo los dos últimos renglones. f) LA SEXTA.- Será la OCTAVA.- g) LA SEPTIMA.- Será la NOVENA.- Donde se adiciona una fracción IV.- Donde se nombre como Coordinador Operativo al Síndico de Acaponeta. h) LA OCTAVA.- Será la DECIMA. i) LA NOVENA.- Será la DECIMA PRIMERA. j) LA DESIMA.- Será la DECIMA SEGUNDA. k) LA DESIMA PRIMERA.- Será la DECIMA TERCERA. l) LA DECIMA SEGUNDA.- Será la DECIMA CUARTA. m) LA DECIMA TERCERA.- Será la DECIMA QUINTA. n) LA DECIMA CUARTA.- Será la DECIMA SEXTA. o) LA DECIMA QUINTA.- Será la DECIMA SEPTIMA. p) LA DECIMA SEXTA.- Será la DECIMA OCTAVA. q) LA DECIMA SEPTIMA.- Será la DECIMA NOVENA. r) LA DECIMA OCTAVA.- Será la VIGESIMA. s) LA DECIMA NOVENA.- Será la VIGESIMA PRIMERA. t) LA VIGESIMA.- Será la VIGESIMA SEGUNDA. u) LA VIGESIMA PRIMERA.- Será la VIGESIMA TERCERA. v) LA VIGESIMA SEGUNDA.- Será la VIGESIMA CUARTA. w) LA VIGESIMA TERCERA.- Será la VIGESIMA QUINTA. x) LA VIGESIMA CUARTA.- Será la VIGESIMA SEXTA. Se suprimen los incisos a, b y c. y) LA VIGESIMA QUINTA.- Será la VIGESIMA SEPTIMA.

    El...

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