¿Un contribuyente puede ser sancionado por las autoridades tributarias si hace los asientos en su contabilidad fuera del plazo respectivo?

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3.21.6.2. Las personas morales
que tributen conforme a lo seña-
lado en el Título VII, Capítulo VIII
de la Ley del ISR y Disposiciones
Transitorias, que determinen y
presenten el pago provisional del
mes de que se trate, clasificando
los CFDI de ingresos y gastos,
quedarán relevados de cumplir
con las siguientes obligacio-
nes:
I. Enviar la contabilidad elec-
trónica e ingresar de forma
mensual su información conta-
ble en términos de lo señalado
en el artículo 28 del CFF.
II. Presentar la Información de
Operaciones con Terceros (DIOT)
a que se refiere el artículo 32,
fracción VIII de la Ley del IVA.
Por lo anterior, una persona moral
del régimen general que presen-
tó aviso para ejercer la opción de
aplicar en 2020 el régimen de flujo
de efectivo, no debe enviar mensual-
mente la contabilidad electrónica
si clasifica los CFDI de ingresos y
gastos (clasificación del “Detalle de
ingresos” y “Detalle de gastos” del
aplicativo Opción de acumulación
de ingresos para personas mora-
les”) para presentar los pagos provi-
sionales y definitivos del ISR e IVA.
¿Un contribuyente puede ser
sancionado por las autori-
dades tributarias si hace los
asientos en su contabilidad
fuera del plazo respectivo?
Trabajo como asistente de
contabilidad de una persona
moral del régimen general de
la Ley del ISR que se dedica a
la fabricación y venta de zapa-
tos. La compañía se ubica en
León, Guanajuato, pero ade-
más cuenta con una sucursal
en Villahermosa, Tabasco. La
documentación comprobatoria
de las ventas y gastos efectua-
dos el mes anterior en la tienda
foránea nos la envían los prime-
ros cinco días del mes siguiente;
sin embargo, por cuestiones
administrativas, con frecuencia
estas operaciones se capturan
en la contabilidad hasta con más
de dos meses de retraso. Leí en
un boletín informativo que si las
autoridades tributarias revisan la
contabilidad de un contribuyente
y encuentran que las operacio-
nes de éste no se capturan en
tiempo en el sistema contable,
pueden imponer una multa.
Lector de León, Guanajuato
II. Los registros o asientos con-
tables a que se refiere la fracción
anterior deberán cumplir con
los requisitos que establezca el
Reglamento de este Código y las
disposiciones de carácter general
que emita el Servicio de Adminis-
tración Tributaria
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Mientras, el artículo 33, rubro B,
fracción I, del Reglamento del CFF
establece lo siguiente (énfasis aña-
dido):
33. Para los efectos del artículo
28, fracciones I y II del Código, se
estará a lo siguiente:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B. Los registros o asientos conta-
bles deberán:
I. Ser analíticos y efectuarse en
el mes en que se realicen las
operaciones, actos o activida-
des a que se refieran, a más
tardar dentro de los cinco días
siguientes a la realización de la
operación, acto o actividad;
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Por su parte, la fracción IV del artículo
83 del CFF señala lo siguiente (énfa-
sis añadido):
83. Son infracciones relaciona-
das con la obligación de llevar
contabilidad, siempre que sean
descubiertas en el ejercicio de
las facultades de comprobación,
las siguientes:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IV. No hacer los asientos
correspondientes a las opera-
ciones efectuadas; hacerlos
incompletos, inexactos, con
¿Un contribuyente puede ser sancio-
nado por las autoridades tributarias
si hace los asientos en su contabili-
dad fuera del plazo respectivo?
Sí, por lo siguiente:
El artículo 28, fracción II, del CFF
dispone lo siguiente:
28. Las personas que de acuerdo
con las disposiciones fiscales
estén obligadas a llevar contabili-
dad, estarán a lo siguiente:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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