Acuerdo y Documento que Contiene la Modificación del 'programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Quesería', Ubicado en El Municipio de Cuauhtémoc, Colima, la Cual Consiste en Ampliar el Límite del Centro de Población

Fecha de disposición26 Septiembre 2009
Fecha de publicación26 Septiembre 2009
SecciónSección General
Número de Gaceta45

ACUERDOY DOCUMENTO QUE CONTIENE LA MODIFICACIÓN DEL "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE QUESERÍA", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC, COLIMA, LA CUAL CONSISTE EN AMPLIAR EL LÍMITE DEL CENTRO DE POBLACIÓN.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.460/09, de fecha 28 de agosto del año 2009, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 4 de septiembre del mismo año, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE QUESERÍA", ubicado en el Municipio de Cuauhtémoc, Colima, la cual consiste en Ampliar el Límite del Centro de Población, mismo que es promovido por el H. Ayuntamiento Constitucional de Cuauhtémoc, Colima.

SEGUNDO.-

Que el "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE QUESERÍA", fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio de Cuauhtémoc, Colima, el 13 de julio del año 2000, y mediante Acuerdo del Ejecutivo a mi cargo se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", en su edición No. 43, de fecha 14 de octubre del mismo año; y mediante sesión celebrada el 24 de julio del año en curso, el Cabildo Municipal aprobó la modificación al Programa de Desarrollo Urbano, ya mencionado, la cual consiste en Ampliar el Límite del Centro de Población, según consta en la certificación del acta de Cabildo expedida el día 4 de agosto del año 2009, por el Secretario del H. Ayuntamiento, misma que obra en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE QUESERÍA", ubicado en el Municipio de Cuauhtémoc, Colima, la cual consiste en Ampliar el Límite del Centro de Población, conforme se asienta en el Considerando anterior.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", la modificación del "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE QUESERÍA", ubicado en el Municipio de Cuauhtémoc, Colima, la cual consiste en Ampliar el Límite del Centro de Población.

En tal virtud he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del "PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACIÓN DE QUESERÍA", ubicado en el Municipio DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO de Cuauhtémoc, Colima, la cual consiste en Ampliar el Límite del Centro de Población, mismo que fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio en Sesión celebrada el día 24 de julio del año 2009.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día ocho de septiembre del año dos mil nueve.

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS. Rúbrica. LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, LICDA. YOLANDA VERDUZCO GUZMÁN. Rúbrica. EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE. Rúbrica.

ANTECEDENTESDurante los últimos años el Municipio de Cuauhtemoc ha dejado de significar una alternativa trascendental dentro de la tendencia del desarrollo socioeconómico del Estado. Sin embargo las funciones económicas que se viene desempeñando en su microrregión y las que a nivel nacional desempeña el Estado de Colima en el occidente de México, significan un importante reto para la conducción del desarrollo urbano de la entidad, de sus regiones, municipios y localidades, en este caso el Centro de Población de Quesería.

La ubicación del Centro de Población de Quesería dentro del contexto estatal y la infraestructura carretera existente, le confieren un buen potencial para la ampliación de la actividad industrial existente y como alternativa de radicación para la zona metropolitana de Colima por su proximidad y vinculación con los sistemas de transportes en operación.

Mediante la instrumentación del Programa de Desarrollo Urbano de Quesería, vigente desde diciembre de 1998, se determinan los lineamientos a seguir para dar a la localidad el desarrollo armónico necesario para la integración de los espacios y zonas existentes y de nueva creación que habrán de constituir las áreas de reserva urbana en las que se promoverá principalmente el suelo apto para vivienda.

En sus Objetivos Generales, el Programa de Desarrollo Urbano de Quesería "tiene como su mas alto objetivo el de establecer las estrategias que permitan orientar el desarrollo general y urbano hacia la elevación de la calidad de vida de sus habitantes" conforme a lo establecido en la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, y:

* Garantizar la congruencia del presente Programa con la legislación y los sistemas nacional y estatal de planeación del desarrollo urbano vigentes y constituirse en un documento rector del ordenamiento territorial y poblacional de Quesería y herramienta de control municipal.

* Integrarse a las Políticas, Lineamientos y Estrategias Generales del Desarrollo del Estado.

* Fungir como instrumento rector en la toma de decisiones y orientador de las inversiones en general, de acuerdo a las condiciones, potencialidades y restricciones del territorio y a la imagen objetivo del Centro de Población de Quesería como una alternativa urbana dentro del corredor Guadalajara-Ciudad Guzmán-Colima.

* Prever las condiciones de planeación y de diseño urbano para el idóneo desarrollo de las familias en términos de identificación social, seguridad, tranquilidad y estabilidad emocional de los individuos, alentando el arraigo de la población.

* Propiciar una estructura urbana adecuada para las áreas de futuro crecimiento y su integración al entorno natural y urbano inmediato, como un esfuerzo de planeación de tipo institucional basada en el consenso social en apoyo a la autoridad municipal para su estricta aplicación.

* Ofrecer una estrategia para dar respuesta a las demandas de la población en materia de suelo urbano, infraestructura, equipamiento, servicios municipales, vivienda y demás obras materiales necesarias en forma planificada, constituyéndose el Programa de Desarrollo en elemento ordenador del suelo y de control del mercado inmobiliario.

La localidad de Quesería se encuentra a 25 kilómetros de la capital del Estado y puede accederse a ella mediante la vinculación con la Carretera Federal No. 54, comunicándose al suroeste a 2 Km. con la localidad de Alcaraces y a 8 Km. en la misma dirección con la cabecera municipal.

La superficie en la que se asienta el área urbana es de 125.188 hectáreas, en las que es notoria la alta ocupación, en su mayoría por vivienda de un solo nivel y con una amplia diversidad de estilos y métodos constructivos, existiendo también espacios de vivienda dispersa en su mayoría al Poniente y un desarrollo habitacional de interés social con vivienda progresiva al Noroeste del Centro de Población promovido por el Instituto de Vivienda del Estado de Colima (IVECOL).

Se observa que en la actualidad la mayor parte del crecimiento se da hacia el Noroeste y el...

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