Acuerdo y Estudio que Contiene el Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'lomas de San Germán Ii', Localizado al Sur de Esta Ciudad Capital

Fecha de disposición18 Diciembre 2010
Fecha de publicación18 Diciembre 2010
SecciónSección General
Número de Gaceta52

ACUERDOY ESTUDIO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LOMAS DE SAN GERMÁN II", LOCALIZADO AL SUR DE ESTA CIUDAD CAPITAL.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 02.276/2010, de fecha 24 de noviembre del año 2010, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día de hoy 25 del mismo mes y año, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN II", localizado al Sur de esta Ciudad Capital, el cual es promovido por C. Francisco Javier Bayardo Montes.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Colima, Col., en Sesión de Cabildo celebrada el día 15 de octubre del año 2010, aprobó el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN II", localizado al Sur de esta Ciudad Capital, según constancia certificada del punto de Acuerdo expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, Colima, el día de su aprobación, la cual se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Secretaría General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentammientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN II", localizado al Sur de esta Ciduad Capital, conforme consta en el estudio que contiene el Programa Parcial del cual solicitan su publicación; informando así mismo mediante ofico No. 01.711/10, de fecha 2 de diciembre del año en curso, que la consumación del Programa Parcial involucra la escrituración del terreno en donde se construyó el edificio del Centro Estatal de Rehabilitación contra las Adicciones (CRAD, por ello el costo de la publicación del presente lo asume el Gobierno del Estado.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene el estudio del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado " LOMAS DE SAN GERMÁN II", localizado al Sur de esta Ciudad Capital, de conformidad como se menciona en el Considerando anterior, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el estudio del DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOPrograma Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LOMAS DE SAN GERMÁN II", localizado al Sur de esta Ciudad Capital, mismo que fue aprobado en Sesión de Cabildo celebrada el día 15 de octubre del año 2010, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atentido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día dos de diciembre del año dos mil diez.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. MARIO ANGUIANO MORENO. Rúbrica.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, DR. J. JESÚS OROZCO ALFARO. Rúbrica.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. FRANCISCO JAVIER AGUILAR ZARAGOZA. Rúbrica.

Antecedentes Según la escritura pública no.9647 ante la fe del notario público no.03 tres, Lic. Carlos de la Madrid Virgen, de la ciudad de Colima, Col., con fecha 08 de marzo de 1978 e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la ciudad de Colima bajo el número 84, finca 17,874 libro 187, relativa al contrato de Compraventa celebrado entre el C. Enrique Silva Schacht y copropietarios y el C. Francisco Javier Bayardo, sobre el predio rústico ubicado en el cruzamiento Jiquilpan-Manzanillo y el camino antiguo al Alpuyeque, que es la fracción norte del predio que se formó...

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