Acuerdo y Documento que Contiene la Modificación del Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'la Cantera', Localizado al Norte de Esta Ciudad Capital, Cuya área de Aplicación Será Sobre una Superficie Total de 148,555.94 M2

Fecha de disposición28 Febrero 2009
Fecha de publicación28 Febrero 2009
SecciónSección General
Número de Gaceta09

DEL GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVOACUERDOY DOCUMENTO QUE CONTIENE LA MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LA CANTERA", LOCALIZADO AL NORTE DE ESTA CIUDAD CAPITAL, CUYA ÁREA DE APLICACIÓN SERÁ SOBRE UNA SUPERFICIE TOTAL DE 148,555.94 M2.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.023/09, de fecha 20 de enero del año 2009, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 18 de febrero del año en curso, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LA CANTERA", localizado al Norte de esta ciudad capital, la cual es promovida por la empresa denominada Brun Processed Foods, S.A. de C.V.

SEGUNDO.-

Que el Programa parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LA CANTERA", localizado al Norte de esta ciudad capital, fue aprobado por el H. Cabildo del municipio de Colima, Colima, el 14 de septiembre del año 2007, y mediante Acuerdo de fecha 7 de noviembre del mismo año, el Titular del Ejecutivo autorizó su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", que se llevó a cabo en su edición No. 53, de fecha 01 de diciembre del año ya mencionado. Así mismo, el Cabildo del municipio ya mencionado en sesión de cabildo de fecha 26 de noviembre del año 2008, aprobó una modificación al Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento que nos ocupa, cuya área de aplicación será sobre una superficie total de 148,555.94 M2, según certificación del punto de Acuerdo del acta de cabildo expedida el mismo día, por el Secretario del Ayuntamiento, misma que obra en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación al Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LA CANTERA", localizado al Norte de esta ciudad capital, cuya área de aplicación será sobre una superficie total de 148,555.94 M2.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene la modificación al Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LA CANTERA", ubicado en esta ciudad capital, en los términos mencionados en el Considerando anterior.

Por lo anteriormente expuesto he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documentos que contiene la modificación del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "LA CANTERA", localizado al Norte de esta ciudad capital, cuya área de aplicación será sobre una superficie total de 148,555.94 M2, lo cual fue aprobado por el H. Cabildo del municipio de Colima, el día 26 de noviembre del año 2008.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

el presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencial del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día diecinueve del mes de febrero del año dos mil nueve.

A t e n t a m e n t e.- SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.-

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, rúbrica.-

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. HÉCTOR MICHEL CAMARENA, rúbrica.-

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE, rúbrica.

MODIFICACION AL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACION LA CANTERAEl Cabildo del H. Ayuntamiento de Colima, Colima. CONSIDERANDO:

PRIMERO:

Que por mandato de la fracción V del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se reitera en el artículo 87 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, es atribución y responsabilidad de los Ayuntamientos formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, para cumplir los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la propia Constitución Federal de la República; facultades que se reglamentan en las disposiciones de los artículos y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos;

en los artículos 45, fracción II y 47 fracción II de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima;

y en particular por las disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima.

SEGUNDO:

Que como queda expresado en la fracción VIII del artículo 21 de la Ley de Asentamientos Humanos, es atribución del Ayuntamiento aprobar y controlar la ejecución de los programas parciales de urbanización que propongan los particulares para el aprovechamiento urbano del suelo.

TERCERO:

Que el 14 de septiembre de 2007, el H. Ayuntamiento de Colima, aprueba el Programa Parcial de Urbanización La Cantera, y el 1 de diciembre de 2007 se publica en el Periódico oficial "El Estado de Colima" TERCERO:

Que según el artículo 76 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, los Programas de Desarrollo Urbano pueden ser modificados cuando exista una variación sustancial de las condiciones o circunstancias que le dieron origen. Dicha modificación es solicitada a la autoridad correspondiente, que en este caso es el H. Ayuntamiento de Colima.

TERCERO:

Que para proceder a formular la modificación al Programa Parcial de Urbanización La Cantera", se dispuso realizar estudios para determinar los usos y destinos del suelo del área específica responsabilidad del presente programa, a efecto de ordenar y regular la utilización del suelo, con el objeto de emprender acciones de conservación y crecimiento.

CUARTO:

Que en particular, la modificación al Programa Parcial de Urbanización "La Cantera", es congruente con el Programa de Desarrollo Urbano de la ciudad de Colima, Colima y los planes y programas de desarrollo urbano aplicables y en atención al artículo 276 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, y se fundamenta en los Dictamenes de Vocación del Suelo, expedidos por el H Ayuntamiento de Colima mediante oficios No 02-DGDUE-VS-173/2001 y 02-DGDUE-VS-172/2001 ambos del 31 de Julio de 2001, los cuales señalan FACTIBLE la solicitud a fin de aplicar a los predios los usos Habitacional de Densidad Baja H2, así como los usos comerciales y mixtos que por su estructura genera toda unidad vecinal.

QUINTO:

Que observando las disposiciones de los artículo 48 y 49 de la Ley General de Asentamientos Humanos y el procedimiento previsto en los artículos 279, 280 y 281 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, se verificó la participación social del proyecto de modificación al Programa Parcial de Urbanización "La Cantera", integrándose al mismo las recomendaciones recibidas. Que la Comisión Consultiva de Desarrollo Urbano, órgano de participación social, en la VI sesión ordinaria del día x de xx del 2008, recomendó al H. Ayuntamiento su aprobación.

SEXTO:

Que las Comisiones del Cabildo relacionadas con la planeación, infraestructura y servicios públicos y su reglamentación, con fundamento en la fracción VIII del artículo 21 y 282, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, analizaron el proyecto de modificación al Programa Parcial de Urbanización "La Cantera" y dictaminaron procedente su autorización por este Ayuntamiento.

Para dar cumplimiento al mandato del párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos...

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