Acuerdo y Estudio que Contiene el Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'colinas del Real', Localizado al Norte de La Ciudad de Villa de álvarez, Colima

Fecha de disposición25 Septiembre 2010
Fecha de publicación25 Septiembre 2010
SecciónSección General
Número de Gaceta39

ACUERDOY ESTUDIO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "COLINAS DEL REAL", LOCALIZADO AL NORTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 02.158/2010, de fecha 22 de julio del año 2010, y recibido en la Dirección General de Gobierno el mismo día, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "COLINAS DEL REAL", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, cuyo promotor es el C. Ing. Jacobo Arias Díaz.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Villa de Álvarez, Colima, en Sesión de Cabildo celebrada el día 14 de abril del año 2010 aprobó el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "COLINAS DEL REAL", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, según constancia certificada del punto de Acuerdo expedida el día 6 de Julio del mismo año, por el Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de dicho Municipio, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Secretaría General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "COLINAS DEL REAL", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, según consta en el documento que contiene el Programa Parcial del cual solicitan su publicación.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento denominado "COLINAS DEL REAL", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "COLINAS DEL REAL", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, el cual fue aprobado en Sesión de Cabildo celebrada el día 14 de abril del año 2010, tomando en DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día veintidós de julio del año dos mil diez.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. MARIO ANGUIANO MORENO. Rúbrica.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, DR. J. JESÚS OROZCO ALFARO. Rúbrica.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. FRANCISCO JAVIER AGUILAR ZARAGOZA. Rúbrica.

Introducción

En estricto apego a la legislación en materia de asentamientos humanos y a los procedimientos administrativos que de ella emanan, el Ing. Claudio Jacobo Arias Diaz en su carácter de Promotor, pone a consideración del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez el proyecto de Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento "Colinas del Real", mismo que se elaboró con una estructura metodológica acorde a lo dispuesto en la normatividad vigente.

Antecedentes jurídicos de la propiedad.

El 18 de Diciembre de 2003, mediante escritura número 4,709 emitida por el Lic. Rafael Verduzco Curiel, Titular de la Notaría Pública número 13 trece de la Ciudad de Colima, Col., el Señor Francisco Javier Anzar Ruiz adquirió una fracción del predio rústico denominado "El Carmen" con superficie de 10-00-00 hectáreas mediante compra a la señora María Guadalupe Alcocer Acevedo. Dicho contrato de compra - venta quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad de esta Capital bajo folio real número 181457-1 de fecha 06 de Mayo de 2004.

Posteriormente, el Señor Francisco Javier Anzar Ruiz celebró con el Ing. Claudio Jacobo Arias Diaz contrato de asociación en participación para urbanizar una fracción del predio citado.

Marco jurídico.

El Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento "Colinas del Real", fundamenta su contenido en los siguientes preceptos:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:Artículos: 27 párrafo tercero, 73 fracción XXIX-C y 115 fracciones II, III, V y VI; Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima: Artículo 87 fracción V; Ley del Municipio Libre del Estado de Colima: Artículo 45; Ley General de Asentamientos Humanos: Artículos: fracción I, 11, 12 fracción VI y 15; Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima: Artículos 21 fracción I, 43, 57, 58, 59, 275, 276 y 277; Reglamentos de Zonificación para el Estado de Colima: Artículos 11 fracción VII y 14.

Bases de planeación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, el Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento "Colinas del Real", es un programa derivado del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Villa de Álvarez, el cual indica que el predio se localiza en un área de reserva a mediano plazo identificada como RU-MP-4, en la que se integran dos fracciones identificadas como zonas habitacionales: H3-14 y H4-143, con densidades permitidas de 44 viviendas y/o 220 habitantes por hectárea (densidad media) y 65 viviendas y/o 325 habitantes por hectárea (densidad alta) respectivamente. Así mismo, el predio forma parte del Corredor Urbano Mixto de Intensidad Media (MD-2) con lotes de 15.00 m. de frente mínimo y superficie mínima de 250 m.

Lo anterior se ratifica en el Dictamen de Vocación del Suelo No. DGOPDU-DU-228/2007 expedido el 18 de abril de 2007 por parte de la Dirección General de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, donde determina PROCEDENTE la solicitud para llevar a cabo un aprovechamiento habitacional, sobre una superficie de 10-00-00 hectáreas.

Respecto a la superficie acreditada, la Dirección de Catastro certificó con fecha de 23 de julio de 2007, que el polígono de aplicación real del presente Programa está constituido por un total...

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