Ley General de Contabilidad Gubernamental. Implementación en las entidades federativas y municipios

AutorMa. de las Mercedes Cid del Prado Sánchez
Páginas22-25
CONTADURÍA PÚBLICA»OCTUBRE2011+22
Ley General de Contabilidad
Gubernamental
IMPLEMENTACIÓN EN LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
No cabe duda de que la nueva Ley General de Contabilidad Gubernamental, es
un paso importante para México, ya que el argumento central se circunscribía a
puntualizar que en la medida en que se tuviese un sistema contable homogéneo
y comparable, la economía del país sería atractiva para cualquier inversionista,
sin importar su origen. Esta ley propiciaría el mejoramiento de las finanzas de
los gobiernos estatales, del Gobierno Federal y llevaría a una eficiente fiscaliza-
ción del país
HACIA UN NUEVO RETO EN LA
IMPLEMENTACIÓN DE LA LGCG
E
n diciembre de 2008 se publica en el Diario Ofi-
cial de la Federación (DOF) la Ley General de Contabili-
dad Gubernamental (LGCG) que establece en su artículo
1º los criterios generales que regirán la contabilidad gu-
bernamental y la emisión de información financiera de
los entes públicos, con el fin de lograr una adecuada ar-
monización.
Dicha ley es de observancia obligatoria para los poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, los es-
tados y el Distrito Federal; los ayuntamientos de los mu-
nicipios; los órganos políticos administrativos de las de-
marcaciones territoriales del D.F.; las entidades de la
administración pública paraestatal, ya sean federales, es-
tatales o municipales, y los órganos autónomos federa-
les y estatales.
La LGCG en su artículo 2º menciona que los entes pú-
blicos aplicarán la contabilidad gubernamental para fa-
cilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos,
ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la efi-
cacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públi-
cos, la administración de la deuda pública, incluyendo las
obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado; di-
chos entes deberán seguir las mejores prácticas conta-
bles nacionales e internacionales en apoyo a las tareas de
planeación financiera, control de recursos, análisis y fis-
calización.
Para cumplir con lo mencionado en el párrafo anterior, la
LGCG dentro de sus disposiciones, indica la creación del
Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) ,
que es el órgano de coordinación para la armonización de
la contabilidad gubernamental y tiene por objeto la emi-
sión de las normas contables y lineamientos para la gene-
ración de información financiera de los entes, para lo cual
dichas entidades adoptarán e implementarán, con carác-
ter obligatorio, en el ámbito de sus respectivas competen-
cias, las decisiones que tome el Consejo.
Este Consejo se encuentra integrado por:
•฀ El secretario de Hacienda y Crédito Publico, quien pre-
sidirá el Cons ejo.
•฀ Los subsecretarios de Egresos, Ingresos y de Hacienda y
Crédito Público, de la Secretaría de Hacienda.
•฀ El Tesorero de la Federación.

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