Acuerdo mediante el cual se crean el Consejo Consultivo Nacional, seis Consejos Consultivos Regionales y treinta y dos Consejos Consultivos Núcleo para el Desarrollo Sustentable
Fecha de disposición | 14 Marzo 2008 |
Fecha de publicación | 14 Marzo 2008 |
Emisor | SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO mediante el cual se crean el Consejo Consultivo Nacional, seis Consejos Consultivos Regionales y treinta y dos Consejos Consultivos Núcleo para el Desarrollo Sustentable.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis, fracciones I, II y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 10 de la Ley de Planeación; 157 y 159 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 5, fracciones XV y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que es un compromiso del Estado la protección y restauración del medio ambiente y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, por lo que es necesario realizar acciones a escala nacional, que transciendan las esferas de actuación de una sola dependencia o institución gubernamental, para que involucren la participación activa de la sociedad en su conjunto y orientar los procesos productivos, de protección y restauración del medio ambiente y del aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, para asegurar que la planeación y administración de la base de recursos naturales de nuestro país se realice en forma acorde con las necesidades y la realidad nacional;
Que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece como base para propiciar el desarrollo sustentable, la de garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece como uno de sus objetivos nacionales el de asegurar la sustentabilidad ambiental mediante la participación responsable de los mexicanos en el cuidado, la protección, la preservación y el aprovechamiento racional de la riqueza natural del país, logrando así afianzar el desarrollo económico y social sin comprometer el patrimonio natural y la calidad de vida de las generaciones futuras;
Que el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2007-2012, en su apartado sobre Participación Ciudadana, Transparencia, Género y Etnia, destaca como objetivo el de establecer una participación incluyente, equitativa, diferenciada, corresponsable y efectiva de todos los sectores de la sociedad, y en todos los órdenes de gobierno, para la formulación de políticas y la adopción de compromisos conjuntos que contribuyan al desarrollo sustentable de nuestro país;
Que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente también prevé la creación de órganos de consulta en los que participen entidades y dependencias de la administración pública, instituciones académicas y organizaciones sociales y empresariales que tengan entre sus funciones la asesoría, evaluación y seguimiento en materia de política ambiental, así como el emitir las opiniones y observaciones que estimen pertinentes en la materia;
Que mediante el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de abril de 1995, se creó el Consejo Consultivo Nacional y cuatro Consejos Consultivos Regionales para el Desarrollo Sustentable, como órganos de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con el objeto de fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales, así como de los bienes y servicios ambientales con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable, el cual fue modificado por los diversos publicados en el Diario Oficial de la Federación del 26 de octubre de 2000, 21 de noviembre de 2002 y 3 de octubre de 2006;
Que los órganos de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Nacional y Regionales para el Desarrollo Sustentable, han tenido una participación destacada de los sectores social, no gubernamental, académico, empresarial, organizaciones de mujeres y/o con perspectiva de género, pueblos indígenas, organizaciones de jóvenes y gubernamental, en la formulación, aplicación y vigilancia de las políticas públicas en materia de medio ambiente y recursos naturales;
Que es necesario contar con una nueva estructura y funciones de dichos órganos de consulta, y disponer de una nueva organización geográfica, a fin de establecer y fortalecer la coordinación entre éstos y los diversos sectores de la sociedad, para asegurar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva y garantizar la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, razón por la cual se requiere prever estas necesidades, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE CREAN EL CONSEJO CONSULTIVO NACIONAL, SEIS CONSEJOS CONSULTIVOS REGIONALES Y TREINTA Y DOS CONSEJOS CONSULTIVOS NUCLEO PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE
ARTICULO 1. Se crean el Consejo Consultivo Nacional, seis Consejos Consultivos Regionales y treinta y dos Consejos Consultivos Núcleo para el Desarrollo Sustentable, como órganos de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el objeto de facilitar la participación corresponsable de todos los sectores de la sociedad para promover la protección, conservación y restauración de los ecosistemas, los recursos naturales y, los bienes y servicios ambientales, a fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable.
ARTICULO 2. Para efectos de este Acuerdo se entiende por:
I. Consejo Nacional: El Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable;
II. Consejos Regionales: Los seis Consejos Consultivos Regionales para el Desarrollo Sustentable;
III. Consejos Núcleo: Los treinta y dos Consejos Consultivos para el Desarrollo Sustentable que operen en las entidades federativas;
IV. Consejos: Los Consejos Consultivos para el Desarrollo Sustentable Nacional, Regionales y los Consejos Núcleo;
V. Consejeros: Los integrantes de los Consejos Consultivos para el Desarrollo Sustentable;
VI. Coordinador del Consejo Núcleo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba