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¿Causa el impuesto al activo un bien que se otorga en comodato a una persona que no es contribuyente del ISR?

Soy contadora independiente. Uno de mis clientes es una persona física que tiene varios inmuebles, por lo que únicamente se dedica al otorgamiento del uso o goce temporal de los mismos. Este cliente me comentó que piensa hacer un contrato de comodato con dos de sus hijas, a fin de que usen como vivienda el último piso de uno de sus edificios, el cual está destinado en 90% a oficinas.

También me preguntó si hay alguna implicación con el impuesto al activo respecto de la operación comentada, debido a que sólo una parte del inmueble se otorga en uso o goce a contribuyentes de dicho impuesto, y la otra será para el uso de sus hijas que no son contribuyentes ni del ISR ni del IA.

Lectora de México, DF

- Pregunta

¿Se causa el impuesto al activo por un bien que se da en comodato a una persona que no es contribuyente del ISR ni del IA?

- Respuesta

El artículo 6o. de la Ley del Impuesto al Activo dispone qué personas no están obligadas al pago de este impuesto; al respecto, en sus fracciones I y V señala lo siguiente:

No pagarán el impuesto al activo las siguientes personas: I. Quienes no sean contribuyentes del impuesto sobre la renta.

V. Las personas físicas residentes en México que no realicen actividades empresariales y otorguen el uso o goce temporal de bienes a las personas a que se refiere la fracción I de este artículo, únicamente por dichos bienes.

En virtud de lo anterior, y de que su cliente otorgará el uso o goce del inmueble a personas que no son contribuyentes del ISR, no deberá pagar el impuesto al activo por la parte del inmueble que ocuparán tales personas.

Aviso de sustitución de contador público autorizado para dictaminar estados financieros para efectos fiscales

Soy contador general de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR, la cual está obligada a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales.

Debido a cuestiones personales, el contador público autorizado para dictaminar los estados financieros de la empresa no puede continuar prestando sus servicios, por lo que necesitamos presentar el aviso de sustitución de contador público autorizado.

Lector de México, DF

- Pregunta

¿Cuál es el medio para avisar a las autoridades fiscales una sustitución de contador público autorizado para dictaminar estados financieros?

- Respuesta

Mediante el Decreto por el que se modifica el Reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de mayo de 2002, se derogó el artículo 48 del citado reglamento, el cual regulaba la sustitución del contador público registrado; por ello, mediante la regla 2.9.15 de la Resolución...

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