Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Construcciones Especializadas Miral, S.A. de C.V.
Fecha de disposición | 09 Mayo 2007 |
Fecha de publicación | 09 Mayo 2007 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Construcciones Especializadas Miral, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex Petroquímica.- Area de Responsabilidades (Cangrejera).- Expediente SANC-0030/2007.
CIRCULAR No. 18/578.1/1117/2007
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA CONSTRUCCIONES ESPECIALIZADAS MIRAL, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores y equivalentes
de las dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal,
Procuraduría General de la República
y gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9, primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 fracción IV, 77 y 78 fracción IV, 79 y 80 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y, en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero del oficio número 18/578.1/1115/2007, de fecha 16 de abril de 2007, que se dictó en el expediente SANC-0030/2007, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa, Construcciones Especializadas Miral, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno con dicha empresa, de manera directa o por interpósita persona, sobre las materias de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, por un plazo de 10 meses y un día contados a partir del día siguiente...
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