Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueba el Programa y Cronograma de Trabajo del Comité Técnico de Expertas/os en materia de Género y No Discriminación

Fecha de disposición27 Marzo 2012
Fecha de publicación27 Marzo 2012
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral Consejo General.- CG69/2012. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA Y CRONOGRAMA DE TRABAJO DEL COMITE TECNICO DE EXPERTAS/OS EN MATERIA DE GENERO Y NO DISCRIMINACION.

ANTECEDENTES

  1. Que el 31 de marzo de 2009, en sesión ordinaria, mediante acuerdo CG110/2009 el Consejo General aprobó el "PROGRAMA INTEGRAL EN CONTRA DE LA DISCRIMINACION Y A FAVOR DE LA EQUIDAD LABORAL Y DE UNA CULTURA DEMOCRATICA AL INTERIOR DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL".

  2. Que en abril de 2010, tras la presentación del primer informe de las actividades del Programa Integral, el Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, instruyó a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica (DECEyEC) para coordinar la implementación y seguimiento de las actividades del Programa.

  3. Que el 22 de julio de 2010, en sesión ordinaria de Junta General Ejecutiva, se aprobó a través del acuerdo JGE80/2010, el "Grupo de Trabajo de Etica, Equidad y No Discriminación", integrado por un representante de las Direcciones Ejecutivas de Prerrogativas y Partidos Políticos, del Registro Federal de Electores, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral, de Administración y de Capacitación Electoral y Educación Cívica, éste último como Secretario Técnico del Grupo.

  4. Que en sesión de 25 de agosto del 2011, el Consejo General aprobó mediante acuerdo CG254/2011, el anteproyecto de presupuesto del Instituto para el ejercicio fiscal 2012, y en el cual se estableció que 19 millones de pesos que se habían considerado en partidas presupuestales de las unidades administrativas como el Centro para el Desarrollo Democrático, la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral, la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, y la Dirección Ejecutiva de Administración, quedaran etiquetados en un sólo Programa, para que la Junta General Ejecutiva presente una propuesta en materia de equidad de género y no discriminación que incluya acciones al interior y exterior del Instituto.

  5. Que con fecha 15 de noviembre de 2011, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012. En el Anexo 10, denominado Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del citado Decreto, fueron asignados al Ramo 22, los 19 millones etiquetados a los programas de apoyo al proceso presupuestario, para mejorar la eficiencia institucional, planeación, concertación y control, capacitación y educación para el ejercicio democrático de la ciudadanía, formación de servidores públicos, y fiscalización de los recursos de los partidos políticos.

  6. Que la propuesta específica presentada a consideración del Consejo General consistió en que esos recursos se etiquetaran, tal y como se ha mencionado, exclusivamente para los temas de equidad de género y no discriminación, indicándose con toda claridad que a propuesta de la Junta General Ejecutiva, el órgano máximo de dirección del Instituto aprobaría un Programa para determinar la manera de invertir los recursos antes referidos en dichas materias, denominado "Programa Integral de Equidad de Género y No Discriminación".

  7. Que en fecha 21 de diciembre de 2011, en sesión ordinaria, este órgano colegiado mediante acuerdo CG454/2011 instauró el Comité Técnico de Expertos en Materia de Género y No Discriminación, como una instancia de asesoría técnica para darle seguimiento al presupuesto asignado por la Cámara de Diputados para el periodo de 2012 en la materia.

  8. Que el 11 de enero de 2012, el Comité Técnico de expertos en materia de género y no discriminación, en su primera sesión, aprobó su programa de trabajo, así como su cronograma de actividades que llevará a cabo durante el año 2012. En esta sesión, las y los integrantes del Comité decidieron emplear el lenguaje de género en la denominación del órgano, de manera tal que la referencia sea Comité Técnico de Expertas/os en Materia de Género y No Discriminación.

  9. Que en sesión ordinaria de fecha 30 de enero de 2012, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, aprobó el acuerdo JGE12/2012 por el que decidió someter a la consideración del Consejo General del Instituto Federal Electoral, el Programa y Cronograma de Trabajo del Comité Técnico de Expertas/os en Materia de Género y No Discriminación.

CONSIDERANDO

  1. - Que los artículos 41, párrafo segundo, Base V, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 106, numeral 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales consignan que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, que está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. El Instituto será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño. Asimismo, contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia.

  2. - Que el propio artículo 41, de la Constitución General de la República, determina que en el ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones federales, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

  3. - Que el artículo 108, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaría Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

  4. - Que el artículo 118, numeral 1, incisos b) y z), del Código de la materia, y el artículo 5, numeral 1, inciso b) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, el Consejo General tiene la atribución de vigilar la oportuna integración y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer por conducto de su presidente, del secretario ejecutivo o de sus comisiones, las actividades de los mismos, así como de los informes específicos que el Consejo General estime necesario solicitarles, y dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas sus atribuciones.

  5. - Que la Junta General Ejecutiva, según lo determinado por el artículo 121, numeral 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, es presidida por el Presidente del Consejo, y se integra con el Secretario Ejecutivo y con los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, y de Administración.

  6. - Que de acuerdo con el artículo 122, numeral 1, incisos b) y o) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Junta General Ejecutiva del Instituto tiene como atribuciones fijar los procedimientos administrativos, conforme a las Políticas y Programas Generales del Instituto, y las demás que le encomienden dicho Código, el Consejo General o su Presidente.

  7. - Que en términos del dispositivo 123, numeral 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Secretario Ejecutivo coordina la Junta General Ejecutiva, conduce la administración y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto.

  8. - Que el artículo 39, numeral 2, incisos b) y h) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, señala que le corresponde al Secretario Ejecutivo ejecutar y supervisar el adecuado cumplimiento de los acuerdos del Consejo General y de la Junta General Ejecutiva, así como establecer los mecanismos para la adecuada coordinación de las acciones de la Junta General Ejecutiva, las Direcciones Ejecutivas y las Unidades Técnicas, con las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales.

  9. - Que conforme a lo establecido en el Acuerdo CG454/2011 de este Consejo General, el Comité Técnico de Expertas/os en Materia de Género y No Discriminación tiene la finalidad de coadyuvar, supervisar y monitorear durante su vigencia, las actividades relativas al Programa Integral de Equidad de Género y No Discriminación, para poder consolidar el principio de no discriminación y la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres dentro de la Institución, obteniendo insumos para tomar decisiones y rendir cuentas al Consejo General.

  10. - Que el Comité Técnico de Expertas/os en Materia de Género y No Discriminación conforme al acuerdo en cita tiene las funciones siguientes:

    1. Asesorar a la Junta General Ejecutiva y al Grupo de Trabajo de Etica, Equidad y No Discriminación" en la realización y seguimiento de diversos estudios derivados del Programa Integral de Equidad de Género y No Discriminación.

    2. Presentar a la Junta General Ejecutiva un programa de trabajo de las actividades que habrá de realizar durante el año de su gestión;

    3. Realizar los trabajos que expresamente le solicite la Junta General Ejecutiva, por conducto de su Presidente o los que acuerden los Consejeros Electorales;

    4. En su caso, mantener reuniones y comunicaciones periódicas con los miembros de la Junta General Ejecutiva, con el objeto...

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