Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral

Fecha de disposición11 Agosto 2008
Fecha de publicación11 Agosto 2008
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG323/2008. Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral.

Antecedentes

  1. En sesión extraordinaria del Consejo General de fecha 30 de noviembre de 1999, mediante Acuerdo CG/152/99, se aprobó el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral.

  2. En sesión ordinaria del Consejo General, de fecha 29 de febrero del año 2000, mediante Acuerdo CG36/2000, se modificó el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral en acatamiento de la sentencia SUP-RAP-034/99 dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

  3. En sesión extraordinaria del Consejo General, de fecha 21 de octubre de 2002, mediante Acuerdo CG197/2002, se aprobó el Dictamen de la Comisión de Reglamentos, con acuerdo del Consejo General por el que se reformó el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral.

  4. En sesión ordinaria del Consejo General, de fecha 28 de febrero de 2003, mediante Acuerdo CG152/2003, se modificó el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral.

  5. En sesión ordinaria del Consejo General, de fecha 29 de abril de 2005, mediante Acuerdo CG36/2005, se aprobó el Dictamen de la Comisión de Reglamentos respecto de la iniciativa que presenta el Consejero Presidente del Consejo General por la que se propone la reforma a diversos artículos del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral.

  6. En sesión extraordinaria del Consejo General, de fecha 18 de agosto de 2005, mediante Acuerdo CG167/2005, se aprobó el Dictamen de la Comisión de Reglamentos respecto de la iniciativa de reformas al Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral en materia de estructura de comisiones.

  7. El 13 de noviembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  8. El 14 de enero de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  9. En sesión ordinaria celebrada el 29 de febrero de 2008, el Consejo General, mediante Acuerdo CG34/2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de marzo del mismo año, aprobó la creación de la Comisión de Reglamentos con carácter de temporal.

  10. En la misma sesión, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG35/2008, por el cual se emiten los lineamientos para organizar los trabajos de reforma o expedición de reglamentos y de otros instrumentos normativos del Instituto derivados de la reforma electoral, en términos del artículo Noveno Transitorio del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo del mismo año.

  11. En sesión celebrada con fecha 7 de julio de 2008, la Comisión de Reglamentos emitió el Proyecto de Acuerdo del Consejo General por el que se expide el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral.

Considerando

  1. Que el artículo 41, base V, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

  2. Que el artículo 106, numeral 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

  3. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del código comicial federal, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaria Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

  4. Que el artículo 109 del mismo Código, establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

  5. Que el artículo 118, párrafo 1, inciso a) de la norma en cita, dispone que el Consejo General tiene entre sus atribuciones la de aprobar y expedir los reglamentos interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades del Instituto.

  6. Que de acuerdo al artículo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide el código electoral federal, el Consejo General está facultado para dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las disposiciones de dicha norma y deberá expedir los reglamentos que se deriven de la misma a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor.

  7. Que de conformidad con los puntos Primero y Segundo del Acuerdo mencionado en el antecedente 9, la Comisión de Reglamentos es de carácter temporal y tiene como funciones, presentar al Consejo General las propuestas de reforma a diversos instrumentos normativos, a fin de adecuarlos a las nuevas normas surgidas de la reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, entre los que se encuentra el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral.

  8. Que de acuerdo a lo dispuesto en el punto Tercero del Acuerdo CG35/2008, corresponde a la Comisión de Reglamentos presentar al Consejo General, las propuestas de expedición o reforma, según sea el caso, de cuatro instrumentos normativos, entre los que se encuentra el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral respecto del cual deberá recabar la opinión de la Junta General Ejecutiva.

  9. Que mediante oficio número CR/054/08, de fecha 25 de julio de 2008, el Maestro Virgilio Andrade Martínez, Consejero Electoral y Presidente de la Comisión de Reglamentos, remitió por acuerdo de la Comisión de Reglamentos el documento denominado "Segundo Borrador del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral", a la Junta General Ejecutiva a efecto de que emitiera los comentarios, sugerencias y opiniones que estimara pertinentes.

  10. Que mediante oficio SE/787/08, de fecha 2 de julio de 2008, el Secretario Ejecutivo, Licenciado Edmundo Jacobo Molina, remitió copia simple de los oficios y documentos que contenían los comentarios y opiniones que formularon algunos de los integrantes de la Junta General Ejecutiva.

  11. Que en el punto Quinto del Acuerdo CG34/2008 se estableció que lo no previsto en dicho acuerdo, sería resuelto por el Consejo General.

  12. Que en función del principio de unidad normativa y con la finalidad de brindar coherencia integral al sistema institucional de toma de decisiones, se hace necesario expedir un nuevo Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, con la finalidad de adecuarlo a la nueva estructura y funcionamiento del órgano comicial federal.

  13. Que el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral con la reciente reforma electoral, debe incluir una serie de atribuciones que se desprenderán de las normas reglamentarias, cuya elaboración y presentación ante el Consejo General corresponde a otras instancias.

  14. Que en virtud de que a la fecha este órgano máximo de dirección no ha concluido la modificación y/o expedición de los diversos instrumentos normativos que resultan indispensables para la debida integración de dicho Reglamento, se evidencia la imposibilidad de extinguir la Comisión de Reglamentos en los términos previstos en el punto Cuarto del Acuerdo CG34/2008; por lo que es necesario prolongar su vigencia en tanto efectúa la revisión integral de la normatividad institucional y,

    en su caso, proponga al Consejo General las adecuaciones al Reglamento Interior.

  15. Que las adecuaciones normativas derivadas de la reforma electoral deben expedirse en un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigor del nuevo código comicial, en razón de lo cual se presenta el proyecto de reforma al reglamento mencionado, para su oportuna discusión, análisis y eventual aprobación.

  16. Que en la discusión de la modificación del Reglamento citado, se buscó dar cabida a la pluralidad de opiniones, por lo que se consideró en todo momento las aportaciones de los integrantes y participantes de la Comisión de...

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