Conozca las vías por las que se pueden introducir o extraer mercancías a territorio nacional

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Introducción

La entrada o salida de mercancías del territorio nacional debe realizarse en los lugares y por las autoridades aduaneras autorizados en días y horas hábiles; sin embargo, el artículo 11 de la LA permite que algunas de ellas puedan entrar o salir del país por lugares distintos a los autorizados, siempre que se haga en los términos señalados por las autoridades aduaneras mediante reglas de carácter general.

La introducción o extracción de mercancías del país debe efectuarse por los lugares en los que existe supervisión por parte de las autoridades aduaneras; de ahí que surge con frecuencia la pregunta siguiente: ¿por qué vías se pueden introducir o extraer legalmente esas mercancías?

En esta edición se analizan las principales disposiciones aduaneras que regulan las vías por las que se pueden introducir o sacar mercancías del territorio nacional.

Lugares autorizados, días y horas hábiles para la entrada o salida de mercancías del país

Lugares autorizados para la entrada y salida de mercancías del país

En términos del artículo 10 de la LA, la entrada o la salida de mercancías del territorio nacional, las maniobras de carga, descarga, transbordo y almacenamiento de las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes, deberá efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábil.

Los lugares autorizados para la entrada o salida de mercancías del país son las aduanas, secciones aduaneras, aeropuertos internacionales, cruces fronterizos autorizados, puertos y terminales ferroviarias que cuenten con servicios aduanales; pero las autoridades aduaneras pueden autorizar mediante reglas generales la entrada al territorio nacional o la salida del mismo de mercancías por lugar distinto al autorizado.

Al efecto, el artículo 37, apartado B, del Reglamento Interior del SAT detalla las aduanas que se encuentran legal-mente autorizadas para la entrada o salida de mercancías.

Lugares autorizados para realizar maniobras de mercancías que se introducen o extraen del país

El Reglamento de la LA establece los lugares en que se deberán realizar maniobras de mercancías para su introducción o extracción del país, como sigue:

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Horarios de las aduanas

Por lo que se refiere a los días y horas hábiles para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional, el Anexo 4 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio...

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