Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar productos para bebé
Fecha de disposición | 19 Octubre 2012 |
Fecha de publicación | 19 Octubre 2012 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34, fracciones I, II y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción III, 5o., fracción III, 6o., 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 16 y 31 de su Reglamento; 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el consumo de productos para bebé es un rubro al que las familias destinan una parte importante de sus ingresos, por lo cual resulta importante ofrecer a la población consumidora una mayor diversidad y oferta de estos productos, a la vez que se facilita a la industria fabricante de los mismos la posibilidad de ampliar y complementar sus líneas de producción;
Que el cupo para fabricantes de productos para bebés ha mostrado tener efectos positivos no sólo para permitir a la industria diversificar y complementar su producción nacional, sino también para incentivar la mejora de la calidad y de los precios en beneficio de las familias mexicanas;
Que el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2012, establece un arancel-cupo aplicable a diversas fracciones arancelarias de artículos para bebé, siempre que el importador cumpla con los lineamientos que expida la Secretaría de Economía y cuente con certificado de cupo expedido por la misma;
Que el cupo ha mostrado ser un instrumento idóneo para mejorar la competitividad de la industria de productos para bebés porque estimula el crecimiento de su producción y empleo, y ha sido un incentivo para su inserción eficiente en un entorno global, lo que favorece el logro de los objetivos de la política industrial y de comercio exterior encomendados al gobierno federal, y
Que conforme a lo dispuesto por la Ley de Comercio Exterior la medida a que se refiere el presente instrumento fue opinada favorablemente por la Comisión de Comercio Exterior, se expide el siguiente:
Acuerdo
Primero.- Se establece un cupo para importar productos para bebé conforme al arancel-cupo establecido en el artículo 2 del Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se establecen diversos...
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