Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una sociedad financiera de objeto limitado, conforme a lo dispuesto por el artículo 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, que se denominará Hipotecaria IBS, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado
Fecha de disposición | 27 Diciembre 1999 |
Fecha de publicación | 27 Diciembre 1999 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una sociedad financiera de objeto limitado, conforme a lo dispuesto por el artículo 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, que se denominará Hipotecaria IBS, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.- 1420.
RESOLUCION POR LA QUE SE AUTORIZA LA ORGANIZACION Y OPERACION DE UNA SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 103 FRACCION IV DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, QUE SE DENOMINARA HIPOTECARIA IBS, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 6o. fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta dependencia emite la siguiente:
RESOLUCION
PRIMERO.- En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, esta Secretaría autoriza la organización y operación de una Sociedad Financiera de Objeto Limitado que se denominará Hipotecaria IBS, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado.
SEGUNDO.- La Sociedad tendrá por objeto la captación de recursos provenientes de la colocación de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, previamente calificados por una institución calificadora de valores y mediante la obtención de financiamientos de entidades financieras del país y del extranjero en los términos de las disposiciones legales aplicables, así como otorgar créditos hipotecarios, destinados para la compra, construcción y remodelación de casas habitación, bodegas, locales comerciales, oficinas e inmuebles en general, así como el otorgar créditos hipotecarios para el pago de pasivos contraídos por los citados conceptos y, en general, otorgar financiamientos hipotecarios para todo tipo de proyectos inmobiliarios.
TERCERO.- El capital social de Hipotecaria IBS, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, será variable.
El capital mínimo fijo sin derecho a retiro será de $27'000,000.00 (veintisiete millones de pesos 00/100), moneda nacional.
La parte variable del capital será ilimitada.
CUARTO.- El domicilio social de Hipotecaria IBS, S.A...
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