Aviso por el que se informa al público en general que la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas ha concluido la elaboración del Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna ubicada en la región conocida como Metzabok, en los municipios de Palenque y Ocosingo, Chis.

Fecha de disposición06 Enero 2009
Fecha de publicación06 Enero 2009
MateriaDerecho del Medio Ambiente
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 bis fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 66, último párrafo, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 76 de su Reglamento en materia de Areas Naturales Protegidas y 4 y 5, fracciones I y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, he tenido a bien expedir el siguiente

AVISO

Se informa al público en general, que la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas ha concluido la elaboración del Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna ubicada en la región conocida como Metzabok, en los Municipios de Palenque y Ocosingo, Estado de Chiapas, establecida mediante decreto presidencial publicado el 23 de septiembre de 1998 en el Diario Oficial de la Federación, cuyo resumen se anexa al presente.

Dicho Programa de Manejo se encuentra a disposición para su consulta en las oficinas de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, ubicadas en Camino al Ajusco número 200, 3er. piso, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, en la Ciudad de México, Distrito Federal, en las oficinas de la Dirección Regional Frontera Sur, Istmo y Pacífico Sur, ubicadas en Palacio Federal tercer piso, Segunda Oriente-Norte, colonia Centro, código postal 29000, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, y en las oficinas de la Delegación Federal de la propia Secretaría en el Estado de Chiapas, ubicada en avenida 5a. Poniente Norte número 1207, colonia Barrio Niño de Atocha, código postal 29030, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

México, Distrito Federal, a los tres días del mes de diciembre de dos mil ocho.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quesada.- Rúbrica.

ANEXO

RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL AREA DE PROTECCION DE FLORA Y FAUNA METZABOK

INTRODUCCION

El 23 de septiembre de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de área de protección de flora y fauna, la región conocida como Metzabok, ubicada en el Estado de Chiapas, con una superficie territorial de 3,368-35-87.5 hectáreas, decreto que se publicó por segunda ocasión el 31 de mayo de 1999.

El Area de Protección de Flora y Fauna Metzabok se localiza en la zona norte de la Selva Lacandona y es uno de los espacios de selva tropical de mayor extensión por lo que constituye una de las regiones prioritarias para la conservación en México.

OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS DEL PROGRAMA

Objetivo general.

Constituir el instrumento rector de planeación y regulación que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración del área natural protegida respectiva.

Objetivos específicos.

Protección.- Definir los criterios de manejo del Area con el objeto de mejorar el ambiente y controlar su deterioro, mediante el aseguramiento de la permanencia y el equilibrio de los procesos naturales que en ella ocurren.

Para cumplir con este objetivo deberán realizarse acciones preventivas y correctivas por medio de la inspección y vigilancia permanentes, así como el manejo de contingencias, la protección contra especies invasoras y el control de especies nocivas.

Manejo.- Desarrollar sistemas de cultivo y formas de manejo de recursos naturales, que apliquen tecnologías alternativas para conservar la biodiversidad y el patrimonio cultural del Area de Protección de Flora y Fauna Metzabok y que mejoren las condiciones de vida de los pobladores locales.

Este objetivo abarca las actividades extractivas, productivas alternativas y tradicionales; el desarrollo comunitario y los asentamientos humanos; el manejo y uso sustentable de agroecosistemas y ganadería, de ecosistemas terrestres, recursos forestales, vida silvestre y recursos acuáticos; mantenimiento de servicios ambientales; uso público y recreación al aire libre.

Restauración.- Establecer las actividades y acciones de rehabilitación, recuperación y restauración que permitan garantizar la permanencia y restablecimiento de las condiciones y características ambientales de los ecosistemas, las poblaciones y las comunidades naturales que han sido degradadas o que presenten graves desequilibrios ecológicos.

Este objetivo abarca la conectividad e integridad del paisaje; la recuperación de especies prioritarias; la conservación de agua y suelos; la reforestación y restauración de ecosistemas y la rehabilitación de corredores de vegetación riparia y sistemas fluviales.

Conocimiento.- Establecer líneas de investigación y monitoreo con base en las necesidades del Area que permitan contar con información para la planeación, aplicación y evaluación de las actividades de manejo y desarrollo sustentable.

Este objetivo abarca el fomento a la investigación y la generación de conocimiento; la formulación de inventarios y líneas base, el monitoreo ambiental y la utilización de sistemas de información.

Cultura.- Aportar conocimientos sobre la conservación de los ecosistemas y recursos naturales, así como acerca de su valoración por parte de los pobladores y usuarios, a través de un programa de educación ambiental.

Este objetivo abarca actividades y acciones referentes a educación ambiental, capacitación y formación, difusión, divulgación y participación social.

Gestión.- Consolidar una estructura administrativa, operativa organizada y eficiente para garantizar la operación y la instrumentación del Programa de Manejo.

Este objetivo se refiere a la administración y operación del Area; a las acciones para promover la calidad y efectividad institucional; la concertación e integración regional y sectorial; la infraestructura, señalización y obra pública; la procuración de recursos e incentivos.

DELIMITACION, EXTENSION Y UBICACION DE LAS SUBZONAS

La zonificación es el instrumento técnico de planeación que se utiliza en las Areas Naturales Protegidas con el objeto de ordenar su territorio en función del grado de conservación y representatividad de sus ecosistemas, la vocación natural del territorio, así como el uso actual y potencial del mismo, de conformidad con los objetivos dispuestos en la declaratoria de creación del Area. La subzonificación constituye el instrumento técnico y dinámico de planeación establecido en el Programa de Manejo y utilizado con el fin de ordenar detalladamente las subzonas de manejo del Area.

En el Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna, se utilizaron los siguientes:

Criterios de subzonificación

· Los objetos de conservación del Area;

· La naturaleza y características de cada ecosistema;

· La vocación del territorio en función de sus recursos naturales para sostener las actividades productivas;

· La localización de los asentamientos humanos;

· El uso actual y potencial del suelo, y

· El análisis del estado de conservación de los ecosistemas.

Zonas y políticas de manejo

Para el Area de Protección de Flora y Fauna Metzabok las subzonas definidas son: preservación; uso tradicional; aprovechamiento sustentable de recursos naturales; aprovechamiento sustentable de ecosistemas; uso público; asentamientos humanos y recuperación.

Cuadro de subzonificación, superficie y porcentaje ocupado por cada subzona de manejo en el Area

Subzonas de manejo SUPERFICIES (miles de ha) Porcentaje con respecto al ANP
Subzona de Preservación 1,213.36 36.02
Subzona de Uso Tradicional 1,548 45.96
Subzona de Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Naturales 46.9 1.39
Subzona de Aprovechamiento Sustentable de los Ecosistemas 277 8.22
Subzona de Uso Público 22.83 0.67
Subzona de Asentamientos Humanos 9 0.26
Subzona de Recuperación 251 7.45
Superficie de Decreto de Area 3,368
Zona de Influencia 3,452

Subzona de Preservación (SP)

Corresponde a la superficie en buen estado de conservación que contiene ecosistemas o fenómenos naturales relevantes o frágiles en las que el desarrollo de actividades requiere de un manejo específico para lograr su adecuada preservación.

La superficie de esta subzona comprende 1,213 hectáreas que corresponden al 36% del Area, e incluyen el lago de Metzabok y las regiones norte y noreste de la poligonal.

Las actividades permitidas y no permitidas en esta subzona se indican en el siguiente cuadro:

Subzona de Preservación
Permitido No Permitido
Actividades de asistencia técnica Actividades cinegéticas, excepto el aprovechamiento de la fauna silvestre con fines de subsistencia
Actividades tradicionales culturales Acuacultura
Aprovechamiento de fauna silvestre con fines de subsistencia Agricultura
Conservación Apertura de brechas secundarias
Educación ambiental Apertura de senderos interpretativos
Empleo de plantas exógenas para recuperación, con autorización Apertura de vías de comunicación
Investigación Aprovechamiento de bancos de materiales, sin autorización
Pesca de consumo doméstico Aprovechamiento forestal, con excepción del uso doméstico
Recuperación
Reforestación Capacitación para el manejo y uso de los recursos naturales
Turismo alternativo (de bajo impacto) Construcción de infraestructura
Uso doméstico de los recursos forestales Dragado
Establecimiento de UMAS
Establecimientos de redes de agua potable
Extracción y aprovechamiento de especies de flora y fauna
Ganadería bovina
Industria
Instalación de redes eléctricas
Instalaciones de comercio
...

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