CONCEPTOS de impugnación en el juicio contencioso administrativo federal. Son inoperantes, por extemporáneos, los que se hacen valer en la ampliación de la demanda, si la notificación de la resolución impugnada que el actor afirmó desconocer en su escrito inicial resulta legal. (I.4o.A.12 A (11a.))

Páginas590-591
PODER JUDICIAL
Tesis
590Tribunal Federal de Justicia Administrativa
TESIS
PRIMERA SALA
PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. LA REFORMA
POR LA CUAL SE TRANSFORMÓ EN EMPRESA PRODUC-
TIVA DEL ESTADO, POR SÍ MISMA NO TIENE EL ALCANCE
DE MODIFICAR LA NATURALEZA DE LOS CONTRATOS
CELEBRADOS CON ANTELACIÓN A DICHA REFORMA.
ARTÍCULOS 25 Y 27 CONSTITUCIONALES.
(1a. I/2022 (11a.))
S.J.F. XI Época. Libro 10. T. II. 1a. Sala, febrero 2022, p. 1349
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA
ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN EN EL JUICIO CONTEN-
CIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SON INOPERANTES,
POR EXTEMPORÁNEOS, LOS QUE SE HACEN VALER EN
LA AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA, SI LA NOTIFICACIÓN
DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA QUE EL ACTOR AFIR-
MÓ DESCONOCER EN SU ESCRITO INICIAL RESULTA
LEGAL.- Hechos: El quejoso promovió juicio contencio-
so administrativo en términos del artículo 16, fracción II,
de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo, pues negó conocer la resolución impugnada
y su noticación. La autoridad al contestar exhibió dicha
resolución y las diligencias de su noticación, que aquél
impugnó en ampliación de demanda. La Sala del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa reconoció la validez y

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