De las Concentraciones

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas803-810
IV.La inversión en publicidad requerida para que una marca o nombre
comercial adquiera una presencia de mercado que le permita competir
con marcas o nombres ya establecidos;
V. Laslimitaciones a la competencia en los mercados internacionales;
VI. Las restricciones constituidas por prácticas comunes de los agen-
tes económicos ya establecidos en el mercado relevante; y
VII. Los actos de autoridades federales, estatales o municipales que
discriminen en el otorgamiento de estímulos, subsidios o apoyos a cier-
tos productores, comercializadores, distribuidores o prestadores de
servicios.
Criterios para determinar el poder sustancial en el mercado rele-
vante
13.- Para determinar si un agente económico tiene poder sustancial
en el mercado relevante, de conformidad con la fracción VI del artículo
13 de la Ley, se deben considerar los criterios siguientes:
I.El grado deposicionamiento de los bienes o servicios enel mercado
relevante;
II. Lafaltadeaccesoaimportacionesolaexistenciadecostoseleva
-
dos de internación; y
III.La existenciade diferenciales elevados en costos que pudieran en-
frentar los consumidores al acudir a otros proveedores.
Publicación del método para determinar el grado de concentración
14.- LaComisión publicará en el Diario Oficial de la Federación el mé-
todo de cálculo para determinar el grado de concentración que exista
en el mercado relevante y los criterios de su aplicación.
RLFCE–CONCENTRACIONES
CAPITULO IV
De las Concentraciones
Alcance mínimo de la identificación de agentes económicos
15.- La identificación de los agentes económicos a que se refiere la
fracciónII del artículo 1 8 del a Ley,debe referirse por lo menos a los prin-
cipales agentes económicos que en su conjunto abastecen al mercado
relevante.
Acreditamiento de que la concentración brindará mayor eficien-
cia al mercado
16.- Paraefectos de la f racción V del artículo 18 de la Ley,se conside-
rará que una concentración logrará una mayor eficiencia del mercado e
incidirá favorablemente en el proceso de competencia y libre concu-
rrencia, cuando los agentes económicos demuestren que las aporta-
ciones al bienestar del consumidor que se derivarán de dicha concen-
tración superarán de forma permanente sus efectos anticompetitivos.
Parademostrar l o anterior,los agentes económicos pueden acreditar,
entre otras, las siguientes ganancias en eficiencia:
I. La obtención de ahorros en recursos que permitan, de manera per-
manente, producir la misma cantidad del bien a menor costo o una
mayor cantidad del bien al mismo costo;
803 RLFCE–CONCENTRACIONES 13.-

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