Acuerdo en Donde Se Concede la Jubilación Movil Integral al C. Salvador Fermín López

Fecha de disposición24 Enero 2004
Fecha de publicación24 Enero 2004
SecciónSección General
Número de Gaceta06

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE VILLA DE ALVAREZ, COL.

ACUERDO EN DONDE SE CONCEDE LA JUBILACIÓN MOVIL INTEGRAL AL C. SALVADOR FERMIN LOPEZADRIAN LOPEZ VIRGEN, Presidente Municipal de Villa de Álvarez, Colima, a sus habitantes hace SABER:

Que el H. Cabildo ordeno se publique el Acuerdo de fecha 24 de Diciembre de 2003, en donde se autorizo por unanimidad de los integrantes del Cabildo la Jubilación Móvil Integral del C.

SALVADOR FERMIN LOPEZ, ya que cumple con los requisitos al cumplir 30 años de servicio.

Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4,10,11,12,14,20,21,22,23,26 y 27 del Reglamento de Jubilación y Pensión de los Trabajadores al servicio del H. Ayuntamiento de Villa de Alvarez, Col. y de conformidad con las facultades que se me otorga en el artículo 47 fracción I incisos a) y f) de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, así como por lo estipulado en los artículos 25 y 26 de Reglamento Interior del Municipio de Villa de Alvarez, Colima y también por lo señalado en el articulo 44 del Reglamento del Cabildo y CONSIDERANDOPRIMERO.-

Que mediante oficio No. OMRH-731/2003 el Oficial Mayor Lic. Ramón García Contreras, solicitó la aprobación de la petición de la Jubilación Móvil Integral del C. SALVADOR FERMINLOPEZ por cumplir 30 años de servicio como trabajador de este H. Ayuntamiento.

SEGUNDO.-

Por ello y en virtud de que se cumple con lo estipulado en los artículos 4,10,11,12,14,20,21,22,23,26, 27 y demás relativos del Reglamento de Jubilación y Pensión de los Trabajadores al servicio del H. Ayuntamiento de Villa de Alvarez, Colima; el pleno del Cabildo analizo dicha petición en Sesión Ordinaria de Cabildo con fecha 24 de Diciembre del año 2003 y atendiendo a las facultades que se le otorgan al Ayuntamiento en el articulo 8 del reglamento citado, los integrantes del Cabildo aprobaron por unanimidad la Jubilación Móvil Integral del C. SALVADOR FERMIN LOPEZ.

Así mismo se informa que dicha plaza vacante la ocupara a partir del 2 de Enero del 2004 el C. JESÚS SANDOVAL ALVAREZ, de acuerdo a lo que establece el articulo 86 de la ley de los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado, ayuntamientos y organismos descentralizados en el Estado.

Por lo antes expuesto , se tiene a bien expedir el siguiente A C U E R D OUNICO: Una vez habiéndose analizado la petición de la jubilación...

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