Las publicaciones en CompraNet hacen prueba plena

AutorCPC José Manuel Zárate Paz
CargoZárate García Paz y Asociados
Páginas1-2

Page 1

El 28 de junio de 2011, la Secretaría de la Función Pública dio a conocer en el DOF el Acuerdo en el que, entre otros puntos relevantes, se regula la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, conocido por los usuarios como CompraNet.

Sin duda, se trata de un gran avance por parte de dicha institución en el ámbito de la transparencia, seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como de las contrataciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, al generar la información necesaria que permita la adecuada planeación,

Page 2

programación y presupuestación de las contrataciones públicas, así como su evaluación integral en el uso de los recursos federales y una seguridad jurídica a los proveedores de bienes y servicios que ofrecen al sector gubernamental.

Ahora, por lo general, todas la dependencias gubernamentales podrán publicar en CompraNet las licitaciones en sus diferentes modalidades: invitación a cuando menos tres proveedores, adjudicación directa, invitaciones nacionales e internacionales, con la finalidad de que todos los proveedores puedan ofertar adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas.

En el punto 27 de la publicación de referencia se indica que todo lo que se publique en CompraNet tendrá pleno valor probatorio, según se observa a continuación:

27. La Unidad compradora que permita la recepción de proposiciones en forma documental y por escrito durante un procedimiento de contratación mixto o presencial, deberá incorporar dicha información a CompraNet utilizando al efecto la guía que se encuentra disponible en el propio sistema, con objeto de analizar el comportamiento de las contrataciones públicas.

La información generada por cualquier Operador y/o Administrador en CompraNet, será considerada documento público en términos del Código Federal de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR