¿Se debe presentar declaración complementaria para manifestar los impuestos en ceros, cuando no se tienen cantidades a pagar en la declaración anual de una persona moral que dictamina sus estados financieros para efectos fiscales?

PáginasA58-A59

Me encargo del área fiscal de una sociedad anónima que tributa en el título II de la Ley del ISR, la cual optó por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales por el ejercicio de 2003.

Al revisar los papeles de trabajo y el acuse de recibo de la declaración anual presentada vía Internet mediante el formulario 22 "Declaración del ejercicio. Personas morales dictaminadas" del programa DEM 2004 (Declaración Electrónica Múltiple), me percaté de que este contribuyente generó un saldo a favor de ISR que se manifestó en dicho programa, y por los impuestos al activo y sustitutivo de crédito al salario ob-

tuvo cero, lo cual no se reflejó en el DEM.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Se debe presentar una declaración complementaria para manifestar los impuestos en ceros, cuando no se tienen cantidades a pagar en la declaración anual de una persona moral que dictamina sus estados financieros para efectos fiscales?

Respuesta

La regla 2.17.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003-2004 establece, entre otras cosas, lo siguiente:

Los contribuyentes personas morales a que se refiere este Capítulo que estén obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público registrado, así como aquellas personas morales que opten por dictaminarse en los términos del artículo 32-A del Código, presentarán las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio de 2003 del ISR, IMPAC e Impuesto Sustitutivo del Crédito al Salario, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, siempre que exista impuesto a cargo por alguno de los impuestos mencionados, vía Internet, en las instituciones de crédito que se encuentren autorizadas en el Anexo 4, rubro E de esta Resolución, de conformidad con el procedimiento siguiente:

  1. Presentarán los datos relativos a su declaración anual por los impuestos señalados a través del dictamen de sus estados financieros, en los plazos y con los requisitos y procedimientos que señalan las disposiciones fiscales para este último. B........................

  2. Cuando existan saldos a favor por cualquiera de los impuestos señalados, independientemente de que se determinen en el propio dictamen, dichos contribuyentes deberán manifestarlos vía Internet mediante la "Declaración del ejercicio simplificada para contribuyentes dictaminados", de conformidad con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR