Comisión mixta para calcular la PTU. No olvide integrarla

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Comisión mixta para calcular la PTU.
No olvide integrarla
Introducción
El artículo 122 de la LFT dispone que el reparto de utili-
dades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro
de los 60 días siguientes a la fecha en que sea obliga-
torio pagar el impuesto anual, aunque esté en trámite
alguna objeción por parte de aquéllos.
De este modo, de acuerdo con los plazos establecidos
en la Ley del ISR y en la LFT, las personas físicas y mo-
rales, según se trate, deberán presentar la declaración
anual de 2022 y pagar la participación de los trabajado-
res en las utilidades (PTU) conforme a lo siguiente:
Contribuyentes
Fecha límite
Para presentar
la declaración
anual
Para pagar la
PTU
Personas morales 3 de abril 2 de junio
Personas físicas 2 de mayo 1o. de julio
Para ello, los patrones deberán integrar la comisión mix-
ta de la PTU, tal como lo dispone el artículo 125, frac-
ción I, de la LFT.
Comentamos los principales aspectos por considerar en
la integración de la comisión mixta para calcular la PTU.
Obligación de integrar la comisión mixta
Según el artículo 125, fracción I, de la LFT, se debe crear
una comisión mixta para calcular la PTU, cuyo objeto es
elaborar el proyecto que determine la participación indi-
vidual de cada trabajador en las utilidades generadas.
Por su parte, los artículos 132, fracción XXVIII, y 134,
fracción IX, de la LFT, indican que los patrones y los tra-
bajadores están obligados a participar en la integración
y el funcionamiento de las comisiones mixtas que de-
ban formarse en cada centro de trabajo, en los términos
de las disposiciones de la legislación laboral.
Cómo se integra
Conforme al artículo 125, fracción I, de la LFT, para de-
terminar la PTU correspondiente a los trabajadores de-
berá constituirse una comisión mixta, la cual se integra-
rá de la siguiente manera:
Taller de prácticas
LABORAL
C1
2a. quincena
abril 2023

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