Comisión mixta para calcular la PTU. No olvide integrarla

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Comisión mixta para calcular la PTU.
No olvide integrarla
Introducción
El artículo 122 de la LFT dispone que el reparto de utili-
dades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro
de los 60 días siguientes a la fecha en que sea obliga-
torio pagar el impuesto anual, aunque esté en trámite
alguna objeción por parte de aquéllos.
De este modo, de acuerdo con los plazos estableci-
dos en la Ley del ISR y en la LFT, las personas físicas
y morales, según se trate, deberán presentar la de-
claración anual de 2021 y pagar la PTU conforme a
lo siguiente:
Contribuyentes Fecha límite
Para presentar
la declaración
anual
Para pagar la
PTU
Personas morales 31 de marzo 30 de mayo
Personas físicas 2 de mayo 1o. de julio
Para ello, los patrones deberán integrar la comisión mix-
ta de la PTU, tal como lo dispone el artículo 125, frac-
ción I, de la LFT.
Comentamos los principales aspectos por considerar
en la integración de la comisión mixta para calcular la
PTU.
Obligación de integrar la comisión mixta
Según el artículo 125, fracción I, de la LFT, se debe crear
una comisión mixta para calcular la PTU, cuyo objeto es
elaborar el proyecto que determine la participación indi-
vidual de cada trabajador en las utilidades generadas.
Por su parte, los artículos 132, fracción XXVIII, y 134,
fracción IX, de la LFT, establecen que los patrones y los
trabajadores están obligados a participar en la integra-
ción y el funcionamiento de las comisiones mixtas que
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