Comentarios a los subsidios para sueldos y salarios

AutorFeliciano Ramírez M./Verónica Luis M.
CargoSocio fiscal/Sénior fiscal, en Deloitte
PáginasA20-A21

A partir del 1o. de enero de 2005, fueron reformados los artículos 113,114 y 115 de la Ley de ISR para efectos de la determinación del impuesto sobre sueldos y salarios, y cuya mecánica será aplicada por disposición transitoria a partir del 1o. de enero de 2006.

Debido a esta reforma, el cálculo hace referencia a que la base se determina conforme al salario bruto, que son los ingresos percibidos por la prestación de un servicio personal subordinado, los que se asimilan y demás prestaciones que deriven de una relación laboral.

Para determinar la base del impuesto se debe disminuir del salario bruto la exclusión general, que puede ser el importe de $76,000 anuales o bien el total de las partidas exentas de previsión social como las siguientes:

  1. Prestaciones distintas al salario, como el tiempo extra de los trabajadores con salario mínimo.

  2. Indemnizaciones por riesgos o enfermedades.

  3. Jubilaciones, pensiones y seguro de retiro.

  4. Prestaciones de seguridad social.

  5. Previsión social.

  6. Cajas y fondos de ahorro.

  7. Prima de antigüedad, indemnización y seguro de retiro.

  8. Gratificaciones, primas dominicales, primas vacacionales y PTU.

Sin embargo, dentro de la exclusión general no se hace mención de qué son las prestaciones de seguridad social o cómo se cuantifican, por lo que creemos que esta partida es incierta.

Base de impuesto:

Salario bruto

(-) Impuesto local no mayor al 5%

(-) Exclusión general

(=) Base de impuesto

En el caso del impuesto local, si bien entendemos que se aplicará a partir del 1o. de enero de 2006, si algún estado lo aplica en el ejercicio de 2005, ¿será deducible?, y si el impuesto es de 5.1%, ¿será deducible?

El artículo 113 de la Ley del ISR adolece de las reglas básicas para determinar la base del impuesto local.

Subsidio para el empleo

Este subsidio sustituye prácticamente al crédito al salario y al respecto, el empleador deberá entregar al contribuyente el subsidio que mensualmente le corresponda, pero no se indica si se podrá disminuir del impuesto a cargo.

Subsidio para la nivelación del ingreso

Este subsidio, según la autoridad, es una ayuda para el empleador y de forma indirecta al contribuyente.

Se otorgará a partir de 2006 a los empleadores que hayan pagado remuneraciones por prestación de servicios personales subordinados durante el mes de diciembre de 2005 y sólo por aquellos trabajadores...

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