Comentarios a la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005-2006

PáginasA45

El pasado 5 de julio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2005-2006, mediante la cual se adicionó una regla, misma que a continuación se comenta:

Se prorroga al 1o de septiembre la obligación de usar cheque o medios electrónicos de pago para la deducción de la compra de combustibles (regla 3.4.38; adición)

El artículo 31, fracción III, segundo párrafo, de la Ley del ISR, establece que para poder deducir fiscalmente el consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el pago deberá efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria (SAT), aun cuando los consumos no excedan el monto de $2,000.

Al respecto, la fracción XXII I del artículo tercero de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2005, indica que lo señalado en el párrafo anterior, entró en vigor el 1o. de julio de 2005.

No obstante, después de que el SAT mediante su página de Internet, www.sat.gob.mx, destacó que recibió el compromiso de la principal asociación de gasolineras, la Onexpo, de que se complementará en los próximos 60 días la instalación de la infraestructura necesaria para que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR