Acuerdo y Documento que Contiene el Programa Parcial de Urbanización Denominado 'reserva la Cofradía', Localizado a La Altura del Kilómetro 11+500 de La Carretera Comala-san Antonio, Municipio de Comala, Colima

Fecha de disposición09 Octubre 2010
Fecha de publicación09 Octubre 2010
SecciónSección General
Número de Gaceta41

ACUERDOY DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DENOMINADO "RESERVA LA COFRADÍA", LOCALIZADO A LA ALTURA DEL KILÓMETRO 11+500 DE LA CARRETERA COMALA-SAN ANTONIO, MUNICIPIO DE COMALA, COLIMA.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere del artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y CONSIDERANDOSPRIMERO.-

Que mediante oficio número 02.217/2010, de fecha 30 de septiembre del año 2010, y recibido en la Dirección General de Gobierno el mismo día, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización denominado "RESERVA LA COFRADÍA", localizado a la altura del kilómetro 11+500 de la carretera Comala-San Antonio, Municipio de Comala, Colima, el cual es promovido por la Sociedad denominada Reserva la Cofradía S.A. de C.V.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Comala, Colima, en Sesión de Cabildo celebrada el día 26 de agosto del año 2010, aprobó el Programa Parcial de Urbanización denominado "RESERVA LA COFRADÍA", localizado a la altura del kilómetro 11+500 de la carretera Comala-San Antonio, Municipio de Comala, Colima, según constancia certificada del punto de Acuerdo expedido el día 21 de septiembre del año 2010, por la Secretaría del H. Ayuntamiento Constitucional ya mencionado, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Secretaría General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización denominado "RESERVA LA COFRADÍA", localizado a la altura del kilómetro 11+500 de la carretera Comala-San Antonio, Municipio de Comala, Colima, según consta en el documento que contiene el Programa de Desarrollo del cual solicitan su publicación.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización denominado "RESERVA LA COFRADÍA", localizado a la altura del kilómetro 11+500 de la carretera Comala-San Antonio, Municipio de Comala, Colima, conforme se asienta en el Considerando anterior.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización denominado "RESERVA LA COFRADÍA", localizado a la altura del kilómetro 11.500 de la carretera Comala-San Antonio, Municipio de Comala, Colima, el cual fue aprobado en Sesión de Cabildo celebrada el día 26

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO de agosto del año 2010, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día 30 de septiembre del año dos mil diez.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. MARIO ANGUIANO MORENO. Rúbrica.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, DR. J. JESÚS OROZCO ALFARO. Rúbrica.

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. FRANCISCO JAVIER AGUILAR ZARAGOZA. Rúbrica.

Antecedentes:

Mediante escritura pública número 16,029, Contrato de Compraventa expedida por el Lic. Rogelio A. Gaytan Gaytan Notario Titular de la Notaría Pública número 14, el 12 de octubre de 2007 e inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el Folio Real número 229352-1, se hace constar que el Sr. Florencio Torres Moreno vende al Sr. Salvador Llerenas Montes de Oca el predio identificado como 27 Z-1 P1/1 enclavada en el Ejido de Cofradía de Suchitlán con una superficie 11-12-98.62 has.

Mediante escritura pública número 16,958 expedida por el Lic. Rogelio A. Gaytan Gaytan Notario Titular de la Notaría Pública número 14, se hace constar la CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD MERCANTIL denominada " RESERVA LA COFRADIA S.A. DE C.V.

", en donde el Sr. Salvador Llerenas Montes de Oca funge como administrador único.

Con lo anteriormente expuesto, la empresa decide llevar a cabo un desarrollo apegado en todo momento a la legislación urbana vigente, motivo por el cual se somete al H. Cabildo del H. Ayuntamiento de Comala el presente Programa Parcial de Urbanización para su evaluación.

  1. MARCO DE REFERENCIABases Jurídicas El fundamento...

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