Código Fiscal de la Federación. VII-P-1aS-1127
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PRECEDENTES DE SALA SUPERIOR - PRIMERA SECCIÓN
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 385/10-12-01-
4/1176/11-S1-01-04.- Resuelto por la Primera Sección de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 4 de diciembre de 2014, por
unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael
Anzures Uribe.- Secretaria: Lic. Claudia Palacios Estrada.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de febrero de 2015)
VII-P-1aS-1127
PERICIAL CONTABLE. ES NECESARIA PARA DESVIR-
TUAR LA DETERMINACIÓN PRESUNTIVA REALIZADA
POR LA AUTORIDAD FISCAL, EN TÉRMINOS DEL AR-
TÍCULO 59 FRACCIONES I Y III DEL CÓDIGO FISCAL DE
LA FEDERACIÓN, SI EL DEMANDANTE EN EL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO OFRECE LA TOTALI-
DAD DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA SU CON-
TABILIDAD.- Si en el juicio contencioso administrativo la parte
actora, a fi n de desvirtuar la determinación presuntiva realizada
por la autoridad fi scal y acreditar los extremos de su acción,
ofrece la totalidad de la documentación que integra su contabi-
lidad, es imperioso el desahogo de la prueba pericial contable,
en virtud de que necesariamente implica la intervención de
un especialista versado en esa materia, que proporcione una
opinión técnica, lógica y razonada, sobre los hechos propues-
tos por el enjuiciante, al tratarse de una cuestión de carácter
técnico, cuya percepción, alcance y/o entendimiento escapan
del conocimiento del Órgano Jurisdiccional.
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 385/10-12-01-
4/1176/11-S1-01-04.- Resuelto por la Primera Sección de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 4 de diciembre de 2014, por
unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael
Anzures Uribe.- Secretaria: Lic. Claudia Palacios Estrada.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de febrero de 2015)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
SÉPTIMO.- [...]
A juicio de los Magistrados integrantes de esta Primera
Sección de la Sala Superior, los conceptos de impugnación en
análisis son INFUNDADOS, en virtud de las consideraciones
que se exponen a continuación:
En primer lugar, esta Juzgadora considera necesario
observar el contenido de la resolución controvertida, en las
partes que nos interesan:
[N.E. Se omiten imágenes]
De la digitalización que antecede, se desprende que, la
Administración Local de Auditoría Fiscal de Puebla con base
en la revisión practicada a la contabilidad de la hoy actora,
así como de la demás documentación exhibida durante el
transcurso de la visita domiciliaria, conoció que por el periodo
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