Código Fiscal de la Federación. VII-P-1aS-1127

Páginas135-162
135
PRECEDENTES DE SALA SUPERIOR - PRIMERA SECCIÓN
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 385/10-12-01-
4/1176/11-S1-01-04.- Resuelto por la Primera Sección de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 4 de diciembre de 2014, por
unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael
Anzures Uribe.- Secretaria: Lic. Claudia Palacios Estrada.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de febrero de 2015)
VII-P-1aS-1127
PERICIAL CONTABLE. ES NECESARIA PARA DESVIR-
TUAR LA DETERMINACIÓN PRESUNTIVA REALIZADA
POR LA AUTORIDAD FISCAL, EN TÉRMINOS DEL AR-
TÍCULO 59 FRACCIONES I Y III DEL CÓDIGO FISCAL DE
LA FEDERACIÓN, SI EL DEMANDANTE EN EL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO OFRECE LA TOTALI-
DAD DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA SU CON-
TABILIDAD.- Si en el juicio contencioso administrativo la parte
actora, a n de desvirtuar la determinación presuntiva realizada
por la autoridad scal y acreditar los extremos de su acción,
ofrece la totalidad de la documentación que integra su contabi-
lidad, es imperioso el desahogo de la prueba pericial contable,
en virtud de que necesariamente implica la intervención de
un especialista versado en esa materia, que proporcione una
opinión técnica, lógica y razonada, sobre los hechos propues-
tos por el enjuiciante, al tratarse de una cuestión de carácter
técnico, cuya percepción, alcance y/o entendimiento escapan
del conocimiento del Órgano Jurisdiccional.
136
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 385/10-12-01-
4/1176/11-S1-01-04.- Resuelto por la Primera Sección de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 4 de diciembre de 2014, por
unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael
Anzures Uribe.- Secretaria: Lic. Claudia Palacios Estrada.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de febrero de 2015)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
SÉPTIMO.- [...]
A juicio de los Magistrados integrantes de esta Primera
Sección de la Sala Superior, los conceptos de impugnación en
análisis son INFUNDADOS, en virtud de las consideraciones
que se exponen a continuación:
En primer lugar, esta Juzgadora considera necesario
observar el contenido de la resolución controvertida, en las
partes que nos interesan:
[N.E. Se omiten imágenes]
De la digitalización que antecede, se desprende que, la
Administración Local de Auditoría Fiscal de Puebla con base
en la revisión practicada a la contabilidad de la hoy actora,
así como de la demás documentación exhibida durante el
transcurso de la visita domiciliaria, conoció que por el periodo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR