Codigo de Conducta del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE HIDALGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en Número Ordinario del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 19 de abril de 2021.

LICENCIADO PABLO ELIO BLANCO CORNEJO, EN MI CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1, 5 FRACCIONES II Y VI, 6 FRACCIÓN II, 11 Y 13 FRACCIÓN I, DEL DECRETO DE CREACIÓN VIGENTE DEL SISTEMA INTREGRADO (SIC) DE TRANSPORTE MASIVO DE HIDALGO; 11 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE HIDALGO Y ARTÍCULO 6 FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en su artículo 6, establece la obligación para todos los entes públicos a crear y mantener condiciones estructurales y normativas, que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto y la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública.

SEGUNDO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 establece en su Eje Rector 1. "Gobierno Honesto, Cercano y Moderno", particularmente en el 1.2 relativo a "Cero Tolerancia a la Corrupción", el compromiso de esta Administración a sumarse y apegarse a los lineamientos del Sistema Nacional Anticorrupción a fin de prever, detectar y sancionar todas las responsabilidades administrativas., todos aquellos hechos de corrupción y, asimismo, fiscalizar, transparentar y controlar los recursos públicos.

TERCERO. Que el 13 de mayo de 2019, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el Decreto que contiene el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, el cual, tiene como objeto, establecer un conjunto de principios, valores y reglas de integridad que orienten, en un marco de aspiración a la excelencia, el desempeño de las funciones y la toma de decisiones de las personas servidoras públicas, asumiéndolas como líderes en la construcción de la nueva ética pública, así como constituir el eje, a partir del cual, las Dependencias y Entidades, elaboren sus respectivos Códigos de Conducta en los que se consideren riesgos éticos específicos, en atención a su misión, visión y atribuciones.

CUARTO. Que con la finalidad de hacer frente a los retos en materia de combate de corrupción la Secretaria de Contraloría, expidió Acuerdo mediante el cual se emite (sic) los Lineamientos Generales que establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Conflicto de Ética y Prevención de conflictos de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el 23 de noviembre del 2017.

QUINTO. Que con el objetivo de afrontar las situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad, fueron identificadas a partir de un diagnóstico realizado por enlaces de las diferentes áreas y el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, los riesgos éticos específicos del Organismo.

SEXTO. Que de conformidad con el Acuerdo que contiene la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, publicado el 27 de mayo de 2019, en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, en su punto segundo, señala que el Código de Conducta es el instrumento deontológico emitido por la persona que ocupe la titularidad de la dependencia, entidad, empresa de Participación Estatal o Fideicomiso, a propuesta de su Comité de Ética y prevención de Conflictos de Interés análogo, previa aprobación de su respectivo Órgano Interno de Control, en el que se especifique de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidas en el Código de Ética.

SÉPTIMO. Que de conformidad con lo establecido en el punto VIII de la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, previamente citada, fue presentada la propuesta correspondiente en la Primera Sesión Extraordinaria del ejercicio 2021, llevada a cabo el 16 de febrero del 2021, para su posterior publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

Por lo anterior expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO QUE CONTIENE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DE HIDALGO

Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 16
Artículo 1

El presente Código de Conducta, es de observancia obligatoria para todos los servidores públicos adscritos al Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, y su ámbito de aplicación son las oficinas que ocupa este; así como cualquier otro lugar, evento, ámbito, dependencia o circunstancia donde los servidores públicos actúen o representen al Organismo; o su imagen personal este directamente relacionada con la imagen del mismo.

Artículo 2 El presente Código de Conducta, es el instrumento que contiene los principios, valores y reglas de integridad considerados como fundamentales para la definición del actuar del servicio público y que busca incidir en el comportamiento y desempeño de los servidores públicos, para formar una ética e identidad profesional compartida y un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público.
Artículo 3 Es importante señalar que, el lenguaje empleado en este código no busca generar ninguna distinción, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.
Artículo 4

El objetivo de este Código es procurar el cumplimiento de los principios éticos básicos que deben prevalecer en la actuación de todos los servidores públicos adscritos al Organismo, e incentivar la inclusión de todos aquellos valores que como consecuencia de su observancia, den como resultado la prestación de un servicio más eficiente, leal, honesto, diligente, transparente, comprometido y oportuno; en beneficio de los usuarios de los servicios que presta el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo, así como todas aquellas personas que se relacionan de forma directa o indirecta a ésta, incluyendo a los propios compañeros de trabajo.

Artículo 5

La Misión del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo es satisfacer la necesidad de movilidad de los habitantes del Estado, implementando y operando soluciones de Transportación Masiva, con las cuales los usuarios disfruten de la accesibilidad total y la integración plena de los servidores de transporte; al tiempo que se benefician por la innovación tecnológica y el cambio estructural, con base en la eficacia y el uso racional de los modos de transporte.

Artículo 6

La Visión del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo es ofrecer a los usuarios del Servicio Público de Transporte de pasajeros una gama de servicios de transportación integrados, flexibles y dinámicos con los cuales les sea posible reducir los tiempos de su desplazamiento y mitigar los costos de transportación; diseñando y operando para su comodidad redes de transporte público, de calidad homogénea y justo precio, con los cuales se equilibre el modelo de desarrollo urbano y el modelo de movilidad.

Artículo 7 Este Código de Conducta es aplicable y debe ser observado por los servidores públicos que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Hidalgo.
CAPITULO II Artículos 8 a 10

Marco Normativo y Glosario

Artículo 8 El presente Código se expide con base en las siguientes normas jurídicas:
  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  2. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo;

  3. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción;

  4. Ley General de Responsabilidades Administrativas;

  5. Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Hidalgo;

  6. Plan Estatal de Desarrollo 2016 - 2022;

  7. Ley Orgánica de la Administración Pública del...

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